ELECCIONES 2024

Mecanismo de notificación y retirada ¿qué es y por qué Artículo 19 alerta de riesgos?

Artículo 19 alerta de los riesgos del mecanismo de notificación y retirada, más en el contexto electoral. Te decimos por qué

Artículo 19 pide eliminar el mecanismo de notificación y retirada.
Redes sociales.Artículo 19 pide eliminar el mecanismo de notificación y retirada.Créditos: Pixabay
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Desde que fue aprobada la reforma a la Ley Federal de Derechos de autor, en 2020, la organización Artículo 19 recurrió a una demanda de amparo para pedir a las instancias judiciales declarar inconstitucional el mecanismo de notificación y retirada, incluido en la iniciativa, ya que considera que se violan los derechos humanos y se censura la libertad de expresión y contenido en internet que es de interés para la sociedad. A cuatro años de ser interpuesto el recurso de amparo y que fue sobreseído en primera instancia, pasó a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). 

En el contexto electoral, Artículo 19 indica los riesgos que existen por el mecanismo de notificación y retirada. Pone como ejemplo el caso de Jorge Álvarez Máynez, candidato presidencial por Movimiento Ciudadano (MC) y Samuel García, gobernador de Nuevo León, quienes publicaron un video en sus redes sociales cuando estaban en un palco de un estadio viendo un partido de fútbol y lanzaron críticas al Instituto Nacional Electoral (INE) y a Mario Fabio Beltrones, candidato a senador de Sonora por el Partido Revolucionario Institucional (PRI). 

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"El mecanismo de notificación y retirada está siendo utilizado para remover contenido de interés público en el contexto electoral 2024, se trata el caso de Álvarez Máynez y Samuel García, quienes recientemente subieron un video a internet, donde estos actores políticos se burlaban del INE y de otras personas opositoras e intentaron bajar el contenido usando el mecanismo de notificación y retirada”, afirmó Martha Tudón, directora  del Programa de Derechos Digitales de Artículo 19.


Video de Álvarez Máynez y Samuel García


El video de Álvarez Máynez y Samuel García fue bajado de internet después de que la agencia digital Badabum (Creación y Difusión de Contenidos Web S.A de CV), que se ostenta como proveedora de servicios del gobierno de Nuevo León, argumentó una infracción al derecho de autor, basándose en el mecanismo de notificación y retirada. 

De no ser por dicho mecanismo, el video de Álvarez Máynez seguría en la red, hasta que la autoridad judicial determinara si se elimina o no.


Este mecanismo está siendo utilizado en diversas partes del mundo, incluyendo México para remover contenido que es importante para la sociedad. La legalización de la censura a través de este mecanismo se materializa en un momento en el cual la libertad de expresión y en particular la labor periodística, se encuentran bajo asedio”, alertó  Martha Tudón.



La directora del Programa de Derechos Digitales de Artículo 19, recordó que dicho mecanismo ha sido denunciado por diversas organizaciones de la sociedad civil, ya que es contrario a los derechos humanos. Y que actualmente el recurso de amparo se encuentra en la SCJN.

“Este mecanismo permite que cualquier persona diga que se le violaron derechos de autor para que sea suficiente para que bajen el contenido de Internet. Actualmente, Artículo 19 se encuentra librando una batalla en la Suprema Corte de Justicia para que este mecanismo sea reconocido como inconstitucional", indicó la activista. 

Los riesgos que advierte Artículo 19

Artículo 19 asegura que las reformas han instalado un sistema para impedir el pleno ejercicio de los derechos humanos en Internet, por las siguientes razones:

Primero, por ser contrarias a la regla de la prohibición de censura previa establecida en la jurisprudencia nacional e interamericana de derechos humanos.

Segundo, porque es a través de ellas que se incumple la regla de la atribución de responsabilidades ulteriores en casos de un ejercicio ilegítimo del derecho a la libertad de expresión.
 
Tercero, porque niegan la protección reforzada a expresiones que se consideran particularmente importantes para la vida democrática, es decir, de los “discursos especialmente protegidos” por el derecho humano a la libertad de expresión.

La reforma a la Ley de Derechos de Autor se aprobó en junio de 2020 y entró en vigor el 1 de julio. En agosto de ese mismo año, Artículo 19 interpuso el recurso de amparo contra el mecanismo de notificación y demanda, incluído en la iniciativa.

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