La Ley Federal del Trabajo (LFT) es la ley encargada de observar y regir las relaciones de trabajo obrero-patronales en toda la república mexicana, y gracias a esta conciliación se tiende a conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales.
En ese sentido, y con respecto a las relaciones laborales entre empleado y empleadores así como las obligaciones y los derechos de las y los trabajadores mexicanos un tema de suma importancia para estas relaciones son los días de descanso obligatorio para las y los trabajadores.
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El lunes 18 de marzo, es decir, el tercer lunes de este mes de marzo la LFT lo marca en su artículo 74 como día de descanso obligatorio, y es por esta razón que en caso de tengas que trabajar de común acuerdo con tu empleador, este último deberá pagarte independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple. ¿Pero qué hay del 28 y 29 de marzo?
¿El 28 y 29 de marzo son días de descanso obligatorio?
Vale la pena mencionar que de acuerdo al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo los días feriados oficiales o festivos son aquellos que no son laborables y se consideran como descanso obligatorio, y en la LFT se señalan los siguientes días de descanso obligatorio:
- El 1o. de enero;
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
- El 1o. de mayo;
- El 16 de septiembre
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
- El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
- El 25 de diciembre, y
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
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Esto quiere decir que ambos días son de jornada de trabajo normal, a pesar de ser el jueves y viernes santo, por lo que el pago que recibirán en caso de laborar este día será el salario que te corresponde de un día de trabajo normal.
AJA