JUSTICIA AL FINAL DEL TÚNEL

Escasez de medicinas: Corte obliga al IMSS a reembolsar a paciente con cáncer lo que gastó en tratamiento

Juan necesita tomar el medicamento Osimertinib que cuesta 175,000 pesos, pero en el Hospital del IMSS no se lo entregaron y su queja llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Créditos: Imágenes creadas con inteligencia artificial a través de Canva
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Juan “N” fue diagnosticado con cáncer de pulmón y recibió atención médica en el Hospital General de Zona 2 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Recibió sesiones con radioterapia y quimioterapia, pero tuvo recaída ósea y pulmonar. Como parte del tratamiento, la oncóloga le recetó que tomara diariamente y por tiempo indefinido una pastilla de Osimertinib, pero no se lo dieron. Fue así que el paciente llevó su caso hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que determinó que le deben reembolsar lo que gastó. 

Juan se vio en la necesidad de comprar dos cajas con 30 tabletas de Osimertinib que necesitaba para no romper el tratamiento, aunque este medicamento tiene un costo promedio de 175,000 pesos. Sin embargo, no se quedó de manos cruzadas e interpuso un amparo para exigir que el IMSS le entregará el medicamento de manera oportuna y que se le garantice también el acceso efectivo a los servicios de salud. El paciente emprendió un procedimiento legal en contra de al menos tres instituciones médicas del IMSS por la “omisión de entregar oportunamente el medicamento”, se menciona en el documento.

La falta de medicamento oncológico para Juan 

Los hechos ocurrieron en febrero de 2021, cuando Juan fue a consulta y la oncóloga detectó que presentaba recaída ósea a nivel de columna lumbar sacra y que tenía un tumor maligno en el pulmón. Debido a su condición, le indicó que era candidato a continuar el tratamiento con el medicamento Osimertinib como cuidados paliativos. Inicialmente se lo recetó por un año y después por tiempo indefinido. 

La doctora firmó la orden de requerimiento del medicamento dirigida al departamento de abastecimiento del  Hospital General de Zona 2 del IMSS y el 17 de febrero de 2021 se autorizó que se le diera a Juan como parte de su tratamiento, pero el paciente se enfrentó a que el Osimertinib no llegara.  

“(El IMSS) ha sido omiso en tramitar para que se pida el medicamento que necesito para tener un mejor tratamiento, mejor calidad de vida y de recuperación en mi salud que se deteriora cada día, por lo que también reclamo una atención médica integral adecuada en relación a mi padecimiento, oportuna, permanente y constante. La omisión de garantizar el acceso efectivo a los servicios de salud a los que tiene derecho la quejosa (sic), poniendo en riesgo mi integridad física y vida al no surtirme los medicamentos que necesito. Dichos medicamentos resultan indispensables para preservar mi salud y evitar un mayor deterioro que pueda provocar incluso mi muerte”, mencionó el paciente en la demanda de amparo que interpuso. 

Aunque inicialmente un juez le otorgó la suspensión de plano para que el hospital del IMSS le diera los medicamentos que necesitaba de manera inmediata, posteriormente el juez de distrito sobreseyó el caso. El paciente interpuso un recurso de revisión y planteó un agravio, por lo que la queja de Juan llegó a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

La Corte ordenó dar el medicamento y el reembolso al paciente 

La Corte revisó el amparo con el folio 82/2022 en la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. La Primera Sala determinó que “el Estado tiene el deber de garantizar este derecho oportunamente”, pues dado el tipo de enfermedad, de ello dependen la vida, integridad y la seguridad de las personas.

La Corte determinó que se debe reembolsar al paciente los gastos que erogó con motivo de la adquisición de cajas del medicamento que requiere para tratar su enfermedad, pues al interrumpirse su tratamiento por la omisión del IMSS, “se vulnera su derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”.

“La protección de la justicia federal se concede a fin de que la autoridad responsable: (…) Reembolse al quejoso los gastos erogados con motivo de la adquisición de dos cajas del medicamento prescrito y que requiere para el tratamiento de su enfermedad, ya que se actualizó la interrupción del suministro del fármaco requerido para su debida atención, lo cual resultó contrario al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, dentro de los cuales, tratándose de servicios de salud, se encuentran las acciones dirigidas a proteger, promover y restaurar la salud de la persona y la colectividad. En ese sentido, tanto la autoridad responsable y las vinculadas deberán hacer del conocimiento y proveer de los mecanismos necesarios para realizar los trámites requeridos para el reembolso, ante las instancias que sean necesarias”.

En el documento de la resolución de la Corte se establece que el Estado debe garantizar el suministro de medicamentos y proteger el derecho a la salud, pues consideró que no se cumplió con lo previsto en los artículos 1 y 4 de la Constitución, este último en el cual se establece el derecho a la protección de la salud como servicio básico a la atención médica.

Asimismo, le ordenó al IMSS que le entregue a Juan de manera oportuna, permanente y sin interrupciones los medicamentos que necesita, en este caso el Osimertinib, ya sea “originales o genéricos” y que que se garantice con carácter de prioritario su derecho a la salud. 

Cáncer de pulmón, el más letal en el mundo 

De acuerdo con un reciente reporte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) el cáncer de pulmón se mantiene también como el que más fallecimientos causa en el mundo con 1.8 millones en 2022, seguido por el colorrectal; con 900 mil muertes. México registra más de 7 mil 500 nuevos casos de cáncer de pulmón y 7 mil muertes por este mal cada año, señalan a datos de la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer de la (OMS).