Sin duda alguna el fin de año es una época de reflexión, cierre de ciclos y celebración, por ejemplo, los ultimos días del año muchos los ocupan para hacer un balance del año, por lo que, es común hacer un repaso de los logros, aprendizajes y retos enfrentados.
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Muchas personas escriben sus metas para el próximo año, como mejorar la salud, aprender algo nuevo o ahorrar. Todo eso acompañado de cenas especiales con sus seres queridos, regalos, posadas, intercambios, comidas, vacaciones, rituales y por supuesto, comiendo las famosas 12 de uvas.
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Además, hay que recordar que para hacer más especiales esos momentos, las personas adornan sus hogares o establecimientos con un árbol de Navidad, luces, velas, arreglos y mucho más, pero también son días de muchas preguntas sobre cómo será el próximo año.
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Entre las preguntas que se hacen varios es cómo les irá en el trabajo y qué puentes escolares habrá para los estudiantes, asimismo, los trabajadores se preguntan qué días de descanso habrá durante el próximo año, si habrá cambios o cómo será la jornada laboral.
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Jornada laboral y días de descanso
Hay que recordar que actualmente existen 3 tipos de jornada laboral:
- Diurna: Es la jornada laboral comprendido entre las seis y las veinte horas/Ocho horas
- Nocturna: Es el horario comprendido entre las veinte y las seis horas/Siete horas
- Mixta: Comprende periodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno sea menor de tres horas y media/Siete horas y media
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En cuanto a los días de descanso obligatorio, la Ley Federal del Trabajo señala que, los días feriados o festivos son aquellos que no son laborables y se consideran como descanso obligatorio.
Así serán los días de descanso obligatorio en el 2025
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo señala los siguientes días de descanso obligatorio:
- El 1 de enero
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
- El 1 de mayo
- El 16 de septiembre
- El 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
- El 25 de diciembre, y
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral
En este sentido, podemos decir que a partir del 2025 desaparece el día de descanso obligatorio del 1 de octubre, pues al tratarse del día en el que cambia el Gobierno de México quiere decir que este día feriado se aplica cada 6 años, es decir, hasta dentro de 6 años volverá a aplicarse este día de descanso obligatorio.
Además, es importante mencionar que cada inicio de año, la Ley Federal del Trabajo publica de manera oficial los días de descanso obligatorio para ese año, así que en enero del 2025 tendremos la nueva lista, que hasta este momento se sabe sigue siendo la misma que ya mencionamos.
Además, hay que recordar que está sobre la mesa la posibilidad de agregar nuevos días de descanso obligatorio como lo son:
- Jueves y Viernes Santo
- 5 de mayo
- 12 de diciembre
- 1 y 2 de noviembre
¿Qué pasa si las personas trabajadoras laboran un día feriado?
De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, tanto personas empleadoras como personas trabajadoras deberán determinar el número de trabajadoras y trabajadores que deban prestar sus servicios el día feriado. Si eres de las personas que que tiene que trabajar en un día feriado, te debes presentar a laborar de manera habitual, pero tendrás derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple.
Además, si un día de descanso obligatorio cae en domingo, la persona empleadora deberá cubrirle a la persona trabajadora el pago de la prima dominical señalado en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo. Así, las personas trabajadoras recibirán el triple del salario, por laborar en día de descanso obligatorio, más la prima dominical.