Estamos a pocas semanas de que termine este 2024 y esto trae consigo las fechas de temporada navideña como las posadas con amigos y familiares, las fiestas de fin de año en las empresas, los intercambios de regalos o la celebración de Año Nuevo, sin embargo, el pago del aguinaldo es de lo más esperado por los trabajadores y sus familias, por lo cual aquí te contamos qué pasa con ese dinero si renuncias antes del 20 de diciembre.
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De acuerdo con información compartida por la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), es obligación del patrón pagar el aguinaldo a los trabajadores cada año antes del 20 de diciembre, de conformidad con el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, la cual apunta que el pago de este aguinaldo es equivalente a 15 días de salario.
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Asimismo, indicó que aquellas o aquellos trabajadores que no hayan cumplido el año de servicio, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional de aguinaldo con relación a su tiempo trabajado.
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Así que, si quieres saber qué pasa con aquellos casos en los que el trabajador renuncia a su empleo antes de la fecha límite que establece la ley para pagar el aguinaldo, a continuación, te contamos los detalles.
¿Qué pasa con mi aguinaldo si renuncia antes del 20 de diciembre?
De entrada, debes saber que para calcular el pago del aguinaldo se debe considerar el salario base o lo que ordinariamente se percibe por día laborado. Es decir, el salario diario se multiplica por 15 y es igual a lo que te corresponde por concepto de tu aguinaldo. No obstante, surge la duda sobre si un trabajador renuncia de forma voluntaria a su trabajo, antes del pago de aguinaldo ¿tiene derecho a recibir su aguinaldo?
De acuerdo con la Profedet, las y los trabajadores que renuncien a su trabajo voluntariamente antes del 20 de diciembre, sí tienen derecho a que se les pague la parte proporcional de aguinaldo por el tiempo que laboraron. De tal manera que, el aguinaldo proporcional les deberá ser pagado al momento de la terminación de la relación laboral como parte de su liquidación o finiquito.
¿El pago de aguinaldo genera deducción de impuestos?
Según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, sí. Siempre y cuando el monto del aguinaldo recibido sea superior a $2,606.40. Esto es 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Así que si tienes cualquier duda o aclaración con relación al pago de tu aguinaldo, te puedes comunicar a los números telefónicos 800 911 7877; 800 717 2942 y 5559 98 2000 extensiones 44740 y 44741.