El aguinaldo es un derecho que tienen los trabajadores, el cual está establecido en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el cual establece que todas las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir cada año un aguinaldo de 15 días de salario como mínimo que deberá pagarse, el cual deberá pagarse antes del 20 de diciembre.
En este sentido, la cantidad correspondiente al aguinaldo en algunas ocasiones puede ser mayor a lo establecido como mínimo por la Ley Federal del Trabajo (LFT), esto depende de cada empresa y trabajador. En este mismo tenor, aquí te mencionamos por qué este año podrías recibir menos aguinaldo del que estés esperando.
En tanto, es importante tomar en cuenta que, así como al salario se le aplica el Impuesto Sobre la Renta (ISR) al aguinaldo también, aunque esto aplica solo cuando el total de la suma del aguinaldo rebasa las 30 UMA (Unidad de Medida y Actualización).
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La UMA es una referencia en pesos para determinar el pago de obligaciones y previstos en las leyes federales, así como disposiciones jurídicas que emanen de las anteriores. Asimismo, de acuerdo con información el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el valor de la UMA es el siguiente:
- 103.74 pesos al día
- 3,153.70 pesos al mes
- 37,844.40 pesos al año
¿Por qué este 2023 podría recibir menos de aguinaldo?
Con base en lo mencionado anteriormente, es importante tener en cuenta que, si este 2023 tu aguinaldo es mayor a 3,112, al multiplicar 103.74por 30, deberás de pagar el ISR al Servicio de Administración Tributaria (SAT), no así si la cantidad de la suma de tu aguinaldo es menor a la cantidad referida.
¿Me pagarán aguinaldo si tengo menos de un año trabajando?
Aquellos trabajadores que no han cumplido un año de labores en alguna empresa sí recibirán aguinaldo, aunque este será en el tiempo proporcional, “Quienes no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado”, se lee en el portal de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
Asimismo, la LFT subraya que es responsabilidad del empleador realizar el pago de aguinaldo en tiempo y forma, de lo contrario el patrón se puede hacer acreedor a una multa.
bv