Una menor de edad perdió la vista de un ojo en el estado de Tamaulipas en el año 2014 mientras se encontraba en horario de clases en su primaria. La niña se picó el ojo con un alambre mientras se encontraba en compañía de sus demás compañeros.
De acuerdo con las investigaciones que se han realizado al respecto, las autoridades determinaron que la escuela no contó con el material quirúrgico necesario, así como tampoco con el básico de primeros auxilios y por lo cual la menor perdió de manera permanente la vista de ojo dañado.
Debido a este caso la Comisión de Derechos Humanos estatal emitió recomendaciones y ordenó que se le otorgue una compensación a la niña, sin embargo las autoridades escolares de la institución donde ocurrió el incidente se negaron a brindar el apoyo a la familia de la menor.
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Tras la negativa, la misma comisión solicitó que la escuela indemnice a la menor como parte de las obligaciones debido a lo ocurrido en la escuela.
Cabe señalar que las autoridades han señalado que la mujer buscó la atención necesaria, sin embargo todo se complicó debido a que se señaló que los hospitales tuvieron problemas administrativos y por lo cual no aceptaron a la menor.
El dictamen
Pese a lo dispuesto por las autoridades, pasaron los años y la menor no contó, ni su familia, con el pago de los daños o la reparación de estos.
Fue así que llegó el año 2020 y la mujer, ahora adulta, solicitó por su propia cuenta el reparo de los daños que se le causaron y para lo cual acudió a la Comisión Estatal de Atención a Víctimas de Tamaulipas (CEAVT).
Fue así que, en el año 2021, luego de haber cumplido con el debido proceso y haber completado la carpeta de investigación, la CEAVT determinó que se le debía de pagar a la mujer una cantidad para reparar los daños cometidos.
Posteriormente a este reclamo, se sumó a la inconformidad la madre de la mujer quien solicitó de manera legal mediante una demanda de amparo indirecto en la que señalaron que necesitaban una resolución respecto a su reparación integral.
CAO