Después del amparo otorgado a padres de familia para frenar la distribución de libros de texto gratuitos del ciclo escolar 2023-2024, el gobierno puede pedir una revisión de la sentencia para revertir el fallo. Si el gobierno federal presenta el recurso, será turnado a un Tribunal Colegiado, cuerpo colegiado, integrado por tres magistrados, quienes analizarán las pruebas para confirmar, modificar o revertir la decisión tomada por un juzgado en Materia Administrativa de la Ciudad de México.
El juicio, incluso, puede llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en caso de petición del Tribunal (solicitar atracción) para estudiar el caso. La petición se argumentaría, a partir de dos (precedentes) controversias constitucionales contra la distribución de libros solicitadas, por el momento, por los estados de Chihuahua y Coahuila.
Esta semana, luego de un litigio iniciado el pasado 27 de abril por la Unión Nacional de Padres de Familia, la jueza Yadira Elizabeth Medina Alcántara, titular del juzgado Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México, concedió el amparo a los peticionarios.
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La decisión frena la distribución de los libros de texto gratuitos para el ciclo escolar 2023-2024. Los alumnos, de educación básica, retoman clases el próximo lunes 28 de agosto. La medida ordena a la Secretaría de Educación (SEP) y a la Comisión Nacional de Textos Gratuitos (Conaliteg), parar la distribución de los libros, porque se imprimieron sin contar con programas y planes actualizados para el presente ciclo escolar vigente.
Las listas de acuerdos de Acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), registran una petición hecha por los Padres de Familia para la no impresión de los “libros de texto gratuito para el ciclo escolar 2023-2024, del nivel educativo de educación básica, de “5 de primer grado de primaria; 5 de segundo grado de primaria; 2 de tercero de primaria y 2 de cuarto grados también de educación primaria. Los argumentos de los Padres de Familia se basaron en la falta de adecuación “a los planes y programas de estudio vigentes, ni seguir el procedimiento previsto para su emisión”.
Sin embargo, durante el análisis de pruebas presentadas por la Secretaría de Educación y a la Comisión Nacional de Textos Gratuitos, la jueza identificó distintas irregularidades. Una de las principales, es el comienzo de la impresión de los libros desde el mes de enero de 2023, sin contar con planes actualizados y publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), así como en los periódicos oficiales de las 32 entidades federativas del país.
“Se tiene que se exhibieron los libros de texto gratuitos para el ciclo escolar 2023-2024 con pie de impresión de enero (primer grado), febrero (segundo grado), abril (tercer grado), abril y mayo (cuarto grado), junio (quinto grado y multigrado) y julio (sexto grado), todos de dos mil veintitrés, evidenciando la existencia de la orden de elaboración, edición e impresión no solo con fecha anterior a la presentación de la demanda (veintisiete de abril de dos mil veintitrés), sino de que se aprobaran y publicaran los programas de estudio respectivos (publicados en la edición vespertina el Diario Oficial de la Federación el quince de agosto de dos mil veintitrés)”.
Las autoridades educativas trataron de justificar la impresión y distribución de los libros según programas actualizados. Sin embargo, a pesar de los requerimientos de la jueza, nunca se hicieron públicos los programas y actualizaciones. El 15 de agosto, durante una conferencia de prensa en Palacio Nacional, la titular de la Secretaría de Educación Pública, Leticia Ramírez, aseguró estar a unos minutos de la difusión de los programas en el DOF.
“Seguimos el proceso administrativo y estamos a unos minutos de tener subidos ya los programas sintéticos en el Diario Oficial de la Federación, espero que podamos informarlo en unos minutos”, informó el 15 de agosto pasado.
Los programas se publicaron ese día (tarde-noche). Sin embargo, nunca se aclaró que la impresión de libros, inició desde el mes de enero, y continúo en los siguientes meses, a pesar de no contar con los programas actualizados.
Antes de la publicación de los programas en el DOF, la jueza Tercera de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, solicitó en distintas ocasiones, a las autoridades educativas, presentar documentos para comprobar el acatamiento al freno (suspensión definitiva) para no imprimir y distribuir los libros hasta contar con la publicación de los programas actualizados en el DOF, así como en los periódicos oficiales de cada una de las 32 entidades del país.
La Conaliteg argumento no tener las capacidades para no llevar a cabo ambas peticiones. El primer exhortó de la jueza, el cual incluye sanciones penales, como multas, cárcel o inhabilitación del Servicio Público, nunca fue tomado en cuenta por las autoridades educativas.
A partir de las pruebas ofrecidas por ambas partes (Padres de Familia y autoridades educativas), la jueza tomó la decisión de frenar la entrega de textos gratuitos. Para no afectar la educación de millones de jóvenes, ordenó a las autoridades educativas la distribución de los libros del ciclo anterior para no afectar la educación básica. La distribución, de acuerdo con la sentencia, se puede llevar a cabo de forma física o virtual).
“Lo anterior adquiere aun mayor resultado, porque la autoridad exhibió diversos documentos de trabajo de los programas sintéticos relativos a la educación inicial fase 1, preescolar fase 2 (1º, 2º y 3er grado), educación primaria fase 3 (1º y 2º grados), educación primaria fase 4 (3º y 4º grados), educación primaria fase 5 (5º y 6º grados), educación secundaria fase 6 (1º, 2º y 3º grados); así como los programas definitivos, pero sin que se advierta, como se indicó, la propuesta contextual y regional de cada autoridad educativa estatal, ni tampoco la forma y términos en que se consideraron los diálogos que la propia autoridad formuló a los actores sociales”.
La sentencia de la jueza, menciona reiteradamente, la falta de acatamiento de las autoridades educativas, así como transgresiones a la educación para garantizar la educación de alumnos de formación básica.
“El procedimiento utilizado por las autoridades carece de relevancia jurídica, ya que primero se imprimieron los libros y posteriormente se aprobaron, y después se aprobó y ordenó la publicación de dichos programas de estudio cuando esto último debe realizarse primero, porque aquellos (libros de texto) se deben ajustar a los programas de estudio y no a la inversa”.
Incluso, la sentencia de la jueza menciona, el posible frenó de la impresión y distribución de libros para el ciclo 2024-2025, en caso de la decisión por venir de otro juez en Materia Administrativa.
“La determinación anterior, no impide que, previa observancia de las formalidades previstas en la Constitución, leyes y reglamentos aplicables, se sometan a deliberación democrática los referidos materiales para el ciclo escolar 2024-2025; lo anterior considerando la ejecutoria que se dicte en el juicio de amparo (…) del índice del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México”.