En esta temporada de altas temperaturas en nuestro país, es normal que algunas personas sufran un golpe de calor, debido no solo al irradiante sol, sino también al efecto invernadero que ha provocado el calentamiento global, problema que aqueja a todas las naciones del mundo, no solo a México; sin embargo en la situación dentro del territorio nacional este año las temperaturas han roto récords.
Es por esta razón que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ha anunciado una alza de atenciones en personas que han atendido en sus distintas clínicas con síntomas clásicos de un golpe de calor como los son:
- Temperatura corporal mayor a 40°C
- Mareo
- Sudoración excesiva o falta de sudor
- Enrojecimiento y resequedad de la piel
- Aceleración del ritmo cardíaco
- Dolor de cabeza
- En casos extremos, ataques con convulsiones
Si bien, existe un sector social que lo integran niños, niñas, personas de la tercera edad y personas con comorbilidades que es conocido como población vulnerable a sufrir golpes de calor, no obstante cualquier persona puede sufrir uno de estos golpes de calor, sin importar su edad o condición física, ya que solo basta hacer una actividad física por tiempos muy prolongados bajo el fuerte calor, o permanecer mucho tiempo en un solo lugar bajo temperaturas muy altas.
Te podría interesar
Es por eso que muchas personas trabajadoras se han preguntado que en caso de contar con IMSS si dicho instituto hace válida una incapacidad de trabajo luego de sufrir un golpe de calor durante o después de realizar actividades laborales bajo el calor o dentro de lugares con un ambiente caluroso.
¿El IMSS puede dar incapacidad por sufrir un golpe de calor?
Primeramente vale la pena aclarar que durante la vida laboral de las y los trabajadores registrados bajo el amparo de la Ley del Seguro Social, y por consiguiente registrados en el IMSS están expuestos a diversos riesgos de trabajo que pueden provocar accidentes o enfermedades dentro o fuera de su lugar de trabajo, y para protegerlos el instituto de salud cuentan con la Incapacidad Temporal de Trabajo (ITT), la cual amortigua el impacto económico que se genera cuando el trabajador no puede desempeñar sus actividades.
Es importante mencionar también que dicha Incapacidad Temporal para el Trabajo, y tomando en cuenta el Artículo 137 del Reglamento de Prestaciones Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social se toma en cuenta como:
“la pérdida de facultades o aptitudes físicas o mentales que imposibilitan parcial o totalmente al asegurado para desempeñar su actividad laboral habitual por algún tiempo”.
En este sentido el IMSS otorga incapacidades clasificando la razón de esta en dos grupos:
- Enfermedad general
Esta se toma en cuenta como enfermedad general debido a la imposibilidad física de realizar el trabajo por causas ajenas a las actividades laborales.
- Riesgo de trabajo.
Cuando la amenaza o daño directo a la salud corresponde a un accidente o enfermedad producidos dentro del trabajo, es considerado bajo esta opción.
LEE TAMBIÉN: ¿Tienes una cuenta de Afore? El IMSS podría quedarse con tu dinero
Tomando en cuenta lo anterior, el golpe de calor, no aplicaría para la opción de incapacidad de trabajo por enfermedad general, ya que al sufrir un golpe de calor las personas suelen recuperarse y comenzar de nuevo a trabajar al menos más de 4 días al trabajador, por lo que NO se otorgaría el beneficio de incapacidad de trabajo por enfermedad general
Sin embargo, en el caso de que el golpe de calor se llegará a dar dentro del horario laboral y realizando actividades que tengan que ver directamente con las funciones a desempeñar bajo la exposición al sol entonces se cumple la enmienda del riesgo de trabajo y es en este caso que el IMSS SI extendería al o la afectada una incapacidad de riesgo de trabajo y con todas las prestaciones que la ley de Seguro Social indica.
AJA