MAÑANERA DE AMLO

AMLO ejerció "influencia indebida" en elecciones del Edomex: Tribunal Electoral

En las mañaneras del 24 de mayo y 2 de junio pasados, el presidente López Obrador se expresó a favor de Morena y sus partidos aliados, ante la proximidad del proceso electoral en el Estado de México y Coahuila

El TEPJF acreditó el uso indebido de recursos públicos por la utilización de la infraestructura pública para la difusión de las conferencias de prensa en Palacio Nacional.
El TEPJF acreditó el uso indebido de recursos públicos por la utilización de la infraestructura pública para la difusión de las conferencias de prensa en Palacio Nacional.Créditos: Especial
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La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador ejerció "influencia indebida" en la pasada elección del Estado de México debido a las expresiones realizadas por el mandatario durante sus conferencias matutinas a favor de Morena y sus aliados en las mañaneras del 24 de mayo y el 2 de junio. El TEPJF declaró la responsabilidad del presidente, pero no prevé sanciones contra él.

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En otro caso similar, se ordenó emplazar al coordinador de Comunicación Social de la Presidencia de la República para cumplir con el debido proceso. El proyecto destacó que las expresiones del presidente, al alentar a votar por un bloque político específico para obtener una mayoría legislativa, no son propias de una comunicación institucional. Sin embargo, se considera que estas expresiones no tuvieron un impacto real en los procesos electorales locales ni en el proceso federal que comenzaría en septiembre, de acuerdo con información de La Jornada.

Se menciona, por otra parte, que las declaraciones del presidente, conocidas como Plan C de la reforma electoral, son expresiones culposas y propias de un actuar poco diligente, pero no configuran una estrategia integral de posicionamiento para la contienda electoral de 2024, por lo que el TEPJF hizo un llamado a López Obrador para que se abstenga de realizar cualquier expresión electoral de las actividades relacionadas con su cargo, como lo establece el artículo 134 constitucional.

Sin embargo, se declaró una infracción en el caso de las expresiones electorales durante la etapa final de la campaña en el Estado de México. El presidente emitió mensajes tendentes a generar apoyo a Morena y a desincentivar el apoyo a otras opciones políticas. Esto generó una influencia indebida en la elección del Estado de México, ya que se hizo referencia explícita a dicho proceso electoral.

En cuanto al uso indebido de programas sociales, se señala que el presidente emitió expresiones condicionales respecto a la continuidad de dichos programas, relacionándolas con el apoyo a Morena y los partidos con los que participó. Aunque no se exigió explícitamente el voto a favor de estos partidos, se hizo un condicionamiento discursivo de la continuidad de los beneficios sociales.

El proyecto aprobado también destaca que el presidente no cumplió con las medidas cautelares dictadas por el INE y realizó manifestaciones similares en una conferencia matutina posterior, difundidas en redes sociales oficiales. Por tanto, se acreditó el uso indebido de recursos públicos por la utilización de la infraestructura pública para la difusión de las conferencias de prensa en Palacio Nacional.

En consecuencia, el proyecto plantea determinar la responsabilidad del presidente de la República y dar vista al Organo Interno de Control de la Presidencia de la República respecto a las infracciones cometidas por funcionarios como el director de Cepropie, el coordinador de comunicación, la directora de Comunicación Digital y el jefe de departamento.