El Gobierno federal anunció este miércoles su compromiso de adecuar su marco normativo en relación al arraigo preprocesal y la prisión preventiva oficiosa, en respuesta a una sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteI-DH) que exige su modificación.
El Ejecutivo ha expresado en un comunicado que "analizará con atención los resolutivos de la sentencia emitida por el tribunal interamericano, con el objetivo de estar en condiciones de cumplir con sus disposiciones". De esta manera, se han dado por enterados del contenido de la resolución judicial.
La sentencia emitida este miércoles se refiere a las violaciones al debido proceso y a la libertad personal en el caso de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortíz, acusados del asesinato en 2001 de la regidora del municipio Atizapán, María de los Ángeles Tamés, en el Estado de México.
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Los acusados permanecieron en prisión preventiva durante 17 años, siendo el tiempo más largo que alguien ha estado en la cárcel en México sin sentencia, hasta que en 2019 quedaron bajo arresto domiciliario con el uso de brazaletes electrónicos. En 2022, fueron condenados a 35 años de cárcel, aunque en marzo del presente año, un juez absolvió a Alpízar por falta de pruebas.
La Corte-IDH, con sede en Costa Rica, ha instado al Estado mexicano a reformar ambas figuras legales con el fin de cumplir con las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Además, ha otorgado un año para informar sobre el cumplimiento de la sentencia, que ordena el pago de indemnizaciones a ambas víctimas por concepto de daños materiales e inmateriales.
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La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar y automática que se aplica ante delitos considerados graves como violencia sexual, homicidio doloso, feminicidio o delincuencia organizada, y que puede encarcelar a un imputado sin condena previa por un plazo máximo de dos años.
A finales del pasado año, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) presentaron proyectos para eliminar la figura legal, proceso al que el presidente Andrés Manuel López Obrador se opuso. A pesar de ello, el Supremo no eliminó la prisión preventiva oficiosa, pero sí acotó su aplicación.
En cuanto al arraigo, se trata de una figura legal que evita el desplazamiento del imputado del lugar del que será previsiblemente enjuiciado. Con el compromiso del Gobierno mexicano de adecuar su marco normativo en relación a estas figuras legales, se espera un cambio significativo en la justicia penal del país.
DJC