PLAN B ELECTORAL

AMLO impugna triunfo de trabajadora del INE para no acatar el Plan B

La Consejería Jurídica de la Presidencia se inconformó por el triunfo que obtuvo una trabajadora de quien hoy es el secretario técnico del INE

La Consejería Jurídica de Presidencia se inconformó por el triunfo de una trabajadora del INE contra el Plan B
López Obrador.La Consejería Jurídica de Presidencia se inconformó por el triunfo de una trabajadora del INE contra el Plan BCréditos: Especial
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La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República se inconformó contra el triunfo que obtuvo Maribel Duarte Martínez, jefa de Departamento de Convenios y Contenidos Normativos de la Unidad Técnica de Vinculación del Instituto Nacional Electoral (INE), para no tener que acatar las disposiciones del Plan B electoral impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador

La semana pasada, un juez de Amparo en Materia Administrativa concedió a la trabajadora un impedimento momentáneo para que no se apliquen en su contra los cambios en su contra con la entrada en vigor del Plan B, al considerar que existen "razones dogmáticas y genéricas" argumentadas por el gobierno federal. 

"En efecto, del análisis de la exposición de motivos únicamente se aprecian razones dogmáticas y genéricas en relación con la supresión de diversas unidades administrativas, pero si razonar de manera fundada y motivada, porque precisamente la unidad a la que pertenece la quejosa, corresponde aquellas, que deben ser eliminadas, es decir, no se aprecia que se hubiese analizado la carga de trabajo de la unidad, o bien, cuál o cuáles son las diversas unidades que realiza las mismas funciones y que por tanto, se actualiza la supuesta duplicidad a que hace mención".

Contra esta medida, el gobierno federal presentó una queja, la cual fue enviada a un Tribunal Colegiado, quien en los siguientes días determinará si la acepta a estudio.

Maribel Duarte Martínez, adscrita a la Unidad Técnica de Vinculación del INE con los Organismos Públicos Locales (OPLE), trabajó con Miguel Ángel Patiño, el actual secretario técnico del instituto, cargo que antes ocupaba Edmundo Jacobo, pues él era el encargado de dicha unidad.

“Se tienen por recibidos los oficios de cuenta, signados por la Consejera Adjunta de Control Constitucional y de lo Contencioso, de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en representación del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, por medio de los cuales, rinde su informe previo e interpone recurso de queja en contra del proveído de 24de marzo de dos mil veintitrés, en el cual, se concedió la suspensión provisional solicitada”, señaló el juez.

A través de la lista de notificaciones del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el juez informó que, con fundamento en la Ley de Amparo, "se da trámite al recurso de mérito; se hace del conocimiento de las partes la interposición del citado recurso y remítase de inmediato al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en Turno, el recurso de manera digital a través del sistema de interconexión, para que tenga a bien resolver lo que en derecho proceda, informándole que efectivamente este Juzgado de Distrito dictó el proveído que se recurre, solicitándole el acuse de recibo correspondiente”.

El juez aclaró que la suspensión otorgada a Maribel Duarte debe concederse a todos los trabajadores del Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales (OPLE) del INE.

"Con la concesión de la medida cautelar a la quejosa, se llegue a beneficiar a los servidores públicos de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del Instituto Nacional Electoral, y se permita la subsistencia de dicha área, con el fin de que la quejosa pueda desempeñar sus funciones conforme a como las venía realizando anteriormente a la reforma legal controvertida, y a su vez, garantizar el adecuado funcionamiento del Instituto Nacional Electoral, en aras de que cumpla con su objetivo constitucional, en beneficio de la sociedad. Máxime que, a juicio de este juzgador, el principio de relatividad de las sentencias no podría justificar en modo alguno que las normas reclamadas, escapen de control".