Debido a que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) amplió la prohibición del uso político-electoral de la imagen de los servidores públicos a cualquier versión de la misma: caricatura, silueta, retrato, entre otros, por parte de políticos en campaña, servidores públicos o partidos políticos pero ¿un ciudadano común puede hacer uso de ese tipo de personajes?
La prohibición contra actores políticos se hace en virtud de protección del principio constitucional de neutralidad, explica el magistrado del TEPJF, Felipe de la Mata Pizaña, con motivo del caso de “AMLITO”, un peluche con la imagen del presidente Andrés Manuel López Obrador.
En días pasados la Sala Superior del TEPJF emitió una resolución a raíz de la denuncia que se presentó en contra de un partido político que, en el contexto de las campañas de los procesos electorales locales que se celebraron el año pasado para renovar las gubernaturas en seis entidades federativas, difundió un mensaje en una de sus redes sociales cuyo objetivo era solicitar el voto de la ciudadanía, el cual incluyó la imagen caricaturizada del presidente de la República en señal de apoyo.
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“A partir del principio constitucional de máxima protección a los derechos, la jurisdicción electoral ya ha establecido con anterioridad criterios respecto del contenido de la propaganda que todo partido político debe acatar”, señala el magistrado en una columna publicada en La Silla Rota.
Es la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la que prohíbe que en la propaganda de los partidos se utilice la imagen de los funcionarios públicos para tratar de obtener alguna clase de provecho, ventaja o beneficio, agrega De la Mata Pizaña.
¿Los ciudadanos pueden usar la imagen de “AMLITO”?
“Esto (la resolución del TEPJF) no implica, en ningún sentido, que la sentencia prohiba que los ciudadanos en particular sigan haciendo uso de estas imágenes”, explicó el magistrado a través de sus redes sociales. “Su libertad política no se ve mermada con esta resolución”, agregó, con referencia al SUP-REP-709/2022 y acumulado.
Es decir, en caso de no formar parte de un partido político pero sentir empatía por alguno en particular, se puede hacer uso de la imagen caricaturizada de algún funcionario público, como el presidente de la república, con el fin de mostrar su apoyo.