SUPREMA CORTE

Compleja y politizada, la ruta para nombrar ministra de la Suprema Corte

La lista enviada por López Obrador, incluye a Bertha María Alcalde Luján, Lenia Batres Guadarrama, así como a María Estela Ríos González, todas cercanas al mandatario y al proyecto que encabeza

El presidente Andrés Manuel López Obrador, envió una terna de aspirantes a ser designadas ministras de la SCJN, en suplencia de Arturo Zaldívar
El presidente Andrés Manuel López Obrador, envió una terna de aspirantes a ser designadas ministras de la SCJN, en suplencia de Arturo Zaldívar Créditos: Especial
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Después de que el presidente Andrés Manuel López Obrador, envió una terna de aspirantes a ser designadas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en suplencia de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, el Senado tiene 30 días para validar o rechazar a las candidatas.

La fecha límite es el 15 de diciembre, justo el día en que termina el periodo de sesiones.

De acuerdo con el artículo 96 de la Constitución, el procedimiento inicia con la presentación de las o las aspirantes a propuesta del Poder Ejecutivo.

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La lista enviada por López Obrador, incluye a Bertha María Alcalde Luján, Lenia Batres Guadarrama, así como a María Estela Ríos González, todas cercanas al mandatario y al proyecto que encabeza.

Ruta a seguir

Una vez recibida la terna, la Mesa Directiva del Senado debe emitir un acuerdo por el que se establece el procedimiento para la elección de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Después, el presidente del Senado turnará a la Comisión de Justicia los perfiles para que sean analizados, conforme al artículo 95 de la Constitución en el cual se establecen los seis requisitos mínimos para ser designado como ministro o ministra.

La Comisión de Justicia del Senado es presidida por la ministra en retiro, Olga Sánchez Cordero.

El primero de ellos es ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; segundo, tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación; tercero, poseer el día de la designación, con antigüedad mínima de diez años, título profesional de licenciado en derecho, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello.

Cuarto, gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena; quinto, haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación.

Sexto, no haber sido secretario de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputado federal, ni titular del poder ejecutivo de alguna entidad federativa, durante el año previo al día de su nombramiento.

“Los nombramientos de los Ministros deberán recaer preferentemente entre aquellas personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica”, menciona el artículo 95.

Una vez que la Comisión de Justicia analizó y verificó que cumplen con los requisitos mínimos, las tres aspirantes serán citadas al Senado para llevar a cabo una comparecencia de exposición de motivos ante la Comisión.

Exposición de motivos

Cada una de las aspirantes tendrá 20 minutos para exponer los motivos o justificar su posible designación como Ministra. La palabra que tome cada una de ellas, será continúa, por lo que no pueden ser interrumpidas o cuestionadas.

Al finalizar, se pueden realizar hasta dos rondas de preguntas por parte de los integrantes de la Comisión, así como por senadores externos a ella. Cada uno de los senadores que interrogue a las aspirantes, tendrán hasta cinco minutos. Una vez finalizado, cada candidata tendrá tiempo ilimitado para responder.

Culminadas las comparecencias, los integrantes de la Comisión de Justicia votarán por la validación de la terna. Para ello, se necesita mayoría de los 19 senadores. La Comisión está integrada por 12 senadores afines al Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y paridos políticos afines. Siete son opositores.

Al ser aprobada la terna, la Comisión de Justicia presentará un dictamen para que sea discutido en el Pleno del Senado. El presidente del Senado convocará a cada una de las aspirantes para que acudan al recinto para realizar una exposición de motivos ante todo el pleno.

Cada una de las candidatas tendrá 20 minutos para exponer sus motivos para ser designada como Ministra. Al finalizar, se tendrá un receso de 15 minutos, el cual se reanudará con la votación para elegir a la nueva Ministra.

Votación necesaria para elegir ministra

Para su ratificación se requieren dos terceras partes de los votos de los 127 senadores del Pleno, ya que tras pedir licencia el senador Manuel Velázquez, no se ha nombrado a ninguno en su sustitución.

Votos de MC pueden marcar la designación Durante la votación en el Pleno, la falta de mayoría de Morena puede verse reflejada durante el conteo de votos.

De acuerdo con la integración del Senado por grupo parlamentario, Morena tiene 58 senadores.

Sus grupos aliados, partidos del Trabajo , seis representantes, mientras que Verde Ecologista de México tiene seis más porque no se ha designado al sustituto de Manuel Velazco quien pido licencia.

La elección de alguna de las tres aspirantes dependerá del cabildeo que se realice previo a la votación.

El partido Movimiento Ciudadano puede definir que la elección de la nueva Ministra se lleve a cabo una vez que se suba al pleno.

Movimiento Ciudadano tiene 12 senadores. Su votación puede marcar el rumbo a semejanza que en la elección de la ministra Yasmin Esquivel Mossa.

En 2019 la elección de la Ministra Esquivel Mossa, se definió en una segunda ronda luego de que la primera no obtuviera los votos necesarios para su designación luego de ser propuesta en la terna por el presidente López Obrador.

En la votación de marzo de 2019, Yasmín Esquivel Mossa fue elegida en una segunda votación como nueva ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con 95 sufragios.

Los senadores de Movimiento Ciudadano fueron determinantes para que fuera elegida Yasmin Esquivel Mossa como nueva Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Los votos que necesita cada una de las aspirantes son 85 para ser electa. En caso de no aprobarse, ya que Morena y partidos afines no tienen la mayoría, se anula el dictamen y se tunaría para el periodo del próximo año.

En caso de que se llegue a la designación, el presidente de México enviará una nueva terna, en la que pueden estar incluidas una o dos de las aspirantes nombradas en la primera.

El procedimiento es el mismo. Se debe turnar a la Comisión de Justicia y citar a las o los aspirantes. Una vez finalizado el proceso someterlo a votación del pleno.

Si la segunda terna también es rechazada, el presidente Andrés Manuel López Obrador tendrá las facultades para designar a la persona que él decida como Ministra o Ministro, según lo establece el artículo 96 de la Constitución.

“En caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el Presidente de la República someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que, dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República”.

Si se llegará a dar una designación directa por el titular del Ejecutivo, lo único que tiene garantizarse son los seis requisitos establecidos básicos establecidos en el artículo 95 de la Constitución para el nombramiento de un ministro.