LUIS DONALDO COLOSIO

Homicidio de Luis Donaldo Colosio afectó la democracia de México: FGR

Las principales irregularidades en el caso, son: la investigación debió ser juzgada conforme a las leyes del estado de Baja California, lugar donde se efectuó el crimen

Luis Donaldo Colosio
Luis Donaldo ColosioCréditos: Cuartoscuro
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El homicidio de Luis Donaldo Colosio, candidato a la presidencia de México en 1994, afectó la democracia del país, aseguró la Fiscalía General de la República (FGR), al informar la petición hecha a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para el análisis de la sentencia que anula la condena contra Mario Aburto, asesino confeso del entonces aspirante a gobernar México.

Esta mañana, a través de la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) se notificó el recurso de impugnación presentado por el Ministerio Público de la FGR contra la sentencia de un Tribunal Colegiado en la cual anula la sentencia de 45 años contra Mario Aburto, homicida confeso de Luis Donaldo Colosio, y ordena a un Tribunal de Apelación emitir una nueva por violaciones al debido proceso.

Las principales irregularidades en el caso, son: la investigación debió ser juzgada conforme a las leyes del estado de Baja California, lugar donde se efectuó el crimen, así como irregularidades en la detención y declaraciones de Mario Aburto ante el Ministerio Público.

Según la Fiscalía General de la República, el Tribunal Colegiado no consideró la necesidad de judicializar el caso conforme a las leyes federales, y no conforme a las locales como menciona la sentencia.

“Se considera que el amparo que se está recurriendo no analizó correctamente la jurisdicción federal que era indudablemente aplicable desde un principio, en este caso; ya que no se trató de un homicidio del fuero común local, sino que, de conformidad con el artículo 10 del  Código Federal de Procedimientos Penales, correspondía, por su magnitud y consecuencias, a las autoridades federales conocer de ese delito, como así ocurrió”.

La FGR considera que el cuerpo colegiado que concedió el amparo no tomó en cuenta la litis del caso relacionado con lo que pasó antes, durante y después del inicio del juicio, entre ellas, el proceso electoral para la Presidencia de la República.

“En este asunto, el Tribunal Colegiado introdujo unilateralmente un tema que no estaba en la litis original del amparo de Mario Aburto ignorando la magnitud y las consecuencias de un hecho delictivo que afectó gravemente a la democracia de México; al proceso electoral para la Presidencia de la República; así como al avance en materia de participación ciudadana; que quedaron gravemente lastimados en todo el país”.

Para la FGR, el recurso de inconformidad solicitado para que sea atraído por la SCJN, se sustenta en el marco jurídico de carácter federal y de interés público, establecido en la Constitución General de la República, fundamentalmente en sus artículos 41, 73 y 104, que ubican claramente el ámbito de defensa federal sobre cualquier hecho que lastime, detenga o lesione la democracia en México.

“Su proceso electoral; y una elección presidencial, que en este caso consistió en atacar y darle muerte a uno de sus participantes principales que oficialmente estaba acreditado para tal función democrática; lesionando gravemente todos esos valores y sus derechos fundamentales, de conformidad con lo que señalan la Constitución y la ley, así como los principios básicos de justicia que rigen para el Estado Mexicano; para su democracia; y para su estructura electoral y presidencial”.

Además, según la FGR, la “determinación del Tribunal Colegiado omitió dar vista y escuchar a las víctimas directas e indirectas de este grave delito, dejando en estado de indefensión al Estado mismo, a sus instituciones, y a las personas individuales afectadas; lo cual debe ser restituido, por elemental justicia”.