La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación VG127/2023, dirigida a la Fiscalía General de la República (FGR) y a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC). La recomendación aborda violaciones a los derechos humanos de Brenda Quevedo Cruz, privada de su libertad desde el 28 de noviembre de 2007. Fue acusada con evidencia falsa de participar en el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace Miranda. Isabel Miranda de Wallace acusó que la recomendación "a modo" y termina por denostar a la "ya desprestigiada Comisión Nacional de los Derechos Humanos".
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una serie de recomendaciones dirigidas tanto a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSyPC) como a la Fiscalía General de la República (FGR). Estas medidas, según se lee en el principio del documento, buscan garantizar la protección y reparación integral de las víctimas en relación con hechos y violaciones a derechos humanos.
En un primer apartado, la CNDH insta a ambas instituciones a gestionar ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) la inscripción de las mencionadas víctimas en el Registro Nacional. Esta acción deberá estar respaldada por un documento de noticia de hechos y los Formatos Únicos de Declaración de la CEAV. Una vez obtenido el dictamen pertinente, se deberá proceder a la reparación del daño, que incluye compensación conforme a la Ley General de Víctimas y estándares de derechos humanos.
Te podría interesar
De manera conjunta con la CEAV, se solicita que se proporcione atención médica y psicológica especializada a las víctimas, garantizando su continuidad y gratuidad. Así como el suministro de medicamentos y tratamientos requeridos, aseverando que la atención no será interrumpida y se hará en un lugar accesible.
LEE TAMBIÉN: Víctimas indirectas del caso Ayotzinapa, invisibles: CNDH
Respecto a las investigaciones en curso, se exige un seguimiento riguroso a las carpetas de investigación iniciadas en la FGR. Se espera que las investigaciones sean objetivas, prontas y exhaustivas. Además, se debe determinar la responsabilidad penal de las personas y servidores públicos involucrados y otros que pudieran ser identificados durante la investigación.
Según se lee en el archivo, para abordar las acciones y omisiones de servidores públicos, se invoca la Ley General de Responsabilidades Administrativas. La CNDH ofrecerá pruebas y evidencias para respaldar las investigaciones y espera recibir constancias que demuestren el cumplimiento de estas recomendaciones.
También se puede leer que hay una directriz especial exige la emisión de una circular para todos los servidores públicos. La misma deberá enfatizar la necesidad de respetar los derechos humanos, en especial en acciones orientadas a prevenir la tortura y otros tratos crueles o inhumanos.
Por otra parte, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana recibe una instrucción puntual para garantizar la integridad física y psicológica de la víctima mientras se encuentre en cualquier CEFERESO. Además, se establece la urgencia de emitir directrices para evitar futuras transgresiones a personas privadas de libertad.
La CNDH insiste en que la víctima reciba valoraciones médicas exhaustivas en un hospital externo y reciba atención médica urgente. Además, sugiere que el personal médico del CEFERESO No. 16 se encargue de realizar revisiones periódicas al estado de salud de la víctima y garantice la entrega efectiva de medicamentos. Finalmente, se exhorta a la adopción de medidas para asegurar el bienestar y la salud de la víctima garantizando la transparencia en el proceso y solicitando evidencia del cumplimiento de las recomendaciones emitidas.
Contexto
El caso de Brenda Quevedo se remonta a principios de 2006, donde a través de decenas de espectaculares mostraban fotografías y nombres de supuestos secuestradores y asesinos, con ofertas de recompensa para quien proporcionara información y dar con los responsables de los crímenes cometidos.
Por los años 2006 y 2007 Brenda Quevedo Cruz, junto con Jacobo Tagle Dobin, Juana Hilda González Lomelí, Tony y Albert Castillo Cruz, y César Freyre, fueron señalados sin una sentencia que validara dichas acusaciones. Su captura se dio en Estados Unidos el 26 de noviembre del 2007, es decir, en pleno sexenio de Felipe Calderón. En diversas ocasiones, su familia y defensa, así como organizaciones civiles, han documentado que Brenda enfrentó dos instancias de tortura sexual. Estas situaciones, descritas en el Protocolo de Estambul, han causado graves daños físicos y psicológicos a Brenda.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitió el caso el 5 de enero, brindando una esperanza renovada a Brenda, su familia y sus representantes legales.
Brenda ha pasado 15 años en prisión, acusada de un delito que no cometió. Por lo que a la par de la CIDH, ahora la CNDH también instruyó a la Fiscalía y a la Secretaría de seguridad y Protección Ciudadana recomendaciones de qué es lo que se debe de realizar en el proceso que enfrenta Brenda Quevedo.
Respuesta de Isabel Miranda
Isabel Miranda respondió en una carta que el rescate que no pagó a los secuestradores de mi hijo, "lo va a pagar el Estado y con creces, gracias a las recomendaciones a modo que está regalando la CNDH con la complicidad de abogados corruptos que hacen negocio con los derechos humanos, de manera indebida, sucia y a todas luces, poco profesional".
"La recomendación se encuentra indebidamente infundada ya que únicamente se basó únicamente en lo manifestado y expresado por la propia Brenda y personal del Instituto de la Defensoría Pública Federal sin que lo narrado por ellos se hubiese verificado".
Carta íntegra de Isabel Miranda de Wallace
DJC