El Pago de Marcha de la Pensión Bienestar para Adultos Mayores es un beneficio económico adicional que tienen todos los beneficiarios del programa que otorga el gobierno federal, sin embargo, no todos los derechohabientes están enterados de que pueden recibirlo.
Primero, debes de saber que el Pago de Marcha es un depósito adicional que se realiza cuando el beneficiario fallece y se otorga a los deudos que hayan brindado su acompañamiento y cuidados a los derechohabientes de la Pensión Bienestar dirigida a los adultos mayores y de las personas con discapacidad.
Por ello, la Secretaría del Bienestar sugiere a los adultos mayores que son beneficiarios de esta pensión tener designado a un representante o adulto auxiliar en el sistema, pues será a ellos a quienes se le entregue el dinero correspondiente al Pago de Marcha.
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En caso de no contar con uno, el Comité Técnico del programa será el encargado de determinar si se otorga o no este apoyo económico a algún familiar del beneficiario.
¿CUÁNTO DEPOSITAN POR EL PAGO DE MARCHA?
El Pago de Marcha se entrega por una sola ocasión y es equivalente a un mes de pensión (mil 925 pesos).
El pago está pensado para ayudar en los gastos funerarios del derechohabiente, sin embargo, el uso de dinero no está condicionado para este concepto, por lo que se puede emplear para cubrir cualquier compra o pago de algún servicio.
¿CÓMO TRAMITAR EL PAGO DE MARCHA?
Lo primero que debes saber es que para poder recibir el Pago de Marcha será indispensable que él o la representante o adulto auxiliar no haya recibido ningún apoyo posterior a la fecha de fallecimiento del adulto mayor.
Si cumples con ello, entonces luego debes de realizar la solicitud del Pago de Marcha, misma que debes de hacer lo más pronto posible en caso del fallecimiento del beneficiario.
Para ello, debes llamar a la Línea del Bienestar (800-639-42-64) para que de esta manera la Secretaría del Bienestar dé de baja al beneficiario y no siga efectuando depósitos a su cuenta.
Una vez que se realice la notificación, la Secretaría del Bienestar solicitará los siguientes documentos en original y copia, los cuales, se deben presentar en la delegación del programa que más convenga al solicitante.
- Identificación oficial del adulto auxiliar.
- Comprobante de domicilio.
- Identificación oficial del adulto mayor fallecido CURP del beneficiario fallecido.
- Carta de defunción o constancia médica emitida por alguna institución oficial pública.