SANCIÓN A META

Golpe histórico: Meta deberá pagar 542 millones a los medios españoles

Si se confirman las sanciones en la Audiencia Provincial o en instancias superiores, el caso podría marcar un antes y un después en la competencia publicitaria digital en Europa

Meta ha sido señalada por competencia desleal en Europa.La resolución sigue la línea señalada por el Parlamento Europeo en 2018, que advertía del riesgo de abuso por parte de grandes plataformasCréditos: EFE
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El Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid ha condenado, en primera instancia, a Meta a abonar 542 millones de euros a un grupo de más de 80 medios españoles, agrupados en la Asociación de Medios de Información (AMI), por obtener una ventaja competitiva ilícita mediante el uso indebido de datos personales para publicidad personalizada.

La sentencia, dictada por el magistrado Teodoro Ladrón Roda, afirma que la tecnológica vulneró el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) entre 2018 y 2023, perjudicando de forma directa a la prensa digital española en el mercado publicitario.

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Una sentencia histórica contra Meta por competencia desleal

El fallo del Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid —fechado el 19 de noviembre de 2025— estima parcialmente la demanda presentada en 2023 por las editoras integradas en AMI. En total, la resolución fija compensaciones por 542 millones de euros:

  • 479 millones para las sociedades editoras de prensa digital y empresas cesionarias de derechos publicitarios.
  • Más de 60 millones en intereses.
  • 2,5 millones para Europa Press, más 328.000 euros en intereses.
  • Más de 14.000 euros para Radio Blanca.

El juez concluye que Meta obtuvo una “ventaja competitiva significativa” al utilizar datos de millones de usuarios sin la base legal adecuada, permitiendo a Facebook e Instagram desarrollar publicidad comportamental de forma ilícita. La supuesta superioridad de Meta, derivada del volumen de datos personales tratados, “jamás” podría ser igualada por los medios españoles que también operan en el mercado de la publicidad display.

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La modificación legal que desencadenó la infracción

Contexto: Meta cambió en 2018 la base legal para tratar los datos de los usuarios: pasó del consentimiento explícito a la ejecución del contrato. Según el RGPD, esta nueva base no permitía el uso de datos para publicidad segmentada, lo que convirtió en ilícito el tratamiento realizado entre el 25 de mayo de 2018 y el 1 de agosto de 2023.

El juez recuerda que Meta ya fue sancionada en diciembre de 2022 por la Comisión de Protección de Datos de Irlanda por un motivo similar. Si la compañía hubiese mantenido la base legal del consentimiento expreso, este litigio en España, así como otros en Europa, no habría prosperado.

“Es Meta la que ha de adaptarse al RGPD y no el RGPD el que ha de adaptarse a Meta”, señala la resolución.

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El cálculo de la indemnización: el peso de la cuota de mercado

Durante el juicio, Meta Irlanda, responsable de todas las operaciones de la compañía en la UE, no aportó las cuentas de su negocio en España. El magistrado aplicó las reglas sobre carga de la prueba y dio por válidas las cifras aportadas por AMI: más de 5.281 millones de euros obtenidos en ingresos publicitarios en los cinco años de infracción.

El razonamiento judicial es contundente: si la cifra fuese menor, Meta habría facilitado sus cuentas.

En ese sentido, tomando como referencia el Estudio sobre las condiciones de competencia en el sector de la publicidad online en España de la CNMC, el juez estimó el lucro cesante sufrido por los medios. Ese cálculo determinó las indemnizaciones millonarias reconocidas a las editoras españolas.

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AMI celebra una “victoria judicial histórica”; Meta anuncia apelación

La Asociación de Medios de Información calificó el fallo como un precedente sin precedentes para la sostenibilidad del periodismo y del mercado publicitario.

Meta, por su parte, expresó su rechazo a través de un portavoz:

“No estamos de acuerdo con la sentencia y vamos a apelar. La demanda carece de evidencias del supuesto perjuicio e ignora cómo funciona el sector de la publicidad online”.

La compañía insiste en que cumple la normativa y ofrece a los usuarios herramientas transparentes para gestionar su privacidad.

Repercusiones en el sector y posibles efectos en Europa

El caso podría tener impacto en otros procedimientos abiertos en España. Las televisiones de UTECA y las radios agrupadas en AERC tienen presentada una demanda similar por más de 160 millones de euros.

Además, su alcance puede extenderse a otros países de la Unión Europea. En Francia, por ejemplo, medio centenar de medios ha denunciado a Meta por prácticas parecidas relacionadas con el uso masivo de datos personales para publicidad digital.

La sentencia destaca explícitamente su dimensión transfronteriza, ya que los servicios de Facebook e Instagram operan de manera homogénea en todo el territorio europeo y están sometidos a la misma legislación del RGPD.

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AJA