La revolución planteada por Javier Milei, quien asumió como presidente de Argentina el pasado 10 de diciembre, y cuyo gran desafío es sacar al país sudamericano de la severa crisis económica en la que se encuentra sumido; continúa su marcha con una serie de cambios jurídicos que, según él, impulsarán al sector productivo y empresarial del país al facilitar las transacciones comerciales.
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La primera gran oleada de cambios que llevó a cabo Javier Milei, apenas tomó el mando del país, fue la devaluación a más del doble de la moneda nacional, lo cual provocó el inmediato incremento del costo de los productos de primera necesidad, afectando la capacidad adquisitiva de millones de argentinos.
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Tras ello, el presidente argentino, en compañía de sus ministros, presentó el miércoles un nuevo decreto de necesidad, en el que se modifican distintas disposiciones legales concernientes al apartado económico y social, destacando en el tema de las relaciones contractuales, las cuales, ya no necesitarán firmarse bajo el intercambio de una remuneración en moneda nacional.
Con la desregulación de la economía, que entra en vigor a partir de esta semana, las empresas en Argentina ya no están obligadas a pagar los salarios de sus empleados en moneda nacional, es decir, pesos argentinos, sino que podrán pagarles en cualquier moneda que les convenga, dólares, euros, libras, yuanes, incluso en monedas digitales como bitcoins.
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La polémica surge en tanto que los salarios no solo pueden ser en algún tipo de moneda, física o digital, sino que, como se hacía en el siglo pasado, ahora podrán pagarse en bienes de consumo como carne o leche, así lo confirmó la ministra de Relaciones Exteriores de Argentina, Diana Mondino.
“Ratificamos y confirmamos que en Argentina se podrán pactar contratos en bitcoin y también cualquier otra cripto y/o especie como kilos de novillo o litros de leche”, informó la ministra.
El artículo 766 del Código Civil y Comercial de Argentina, reformado por Milei establece que “la obligación del deudor es entregar la cantidad correspondiente de la moneda designada, tanto si la moneda tiene curso legal en la República como si no lo tiene”.
¿Es legal el decreto de Javier Milei?
De acuerdo con el artículo 99, inciso 3 de la Constitución de Argentina, el Poder Ejecutivo no está facultado para “emitir disposiciones de carácter legislativo”, so pena de sufrir “nulidad absoluta e insanable”.
No obstante, también lo faculta para "dictar decretos por razones de necesidad y urgencia (DNU)" cuando "circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos", siendo este su medio utilizado.
VGB