Si tienes un scooter eléctrico, una bicicleta eléctrica o algún otro Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE), a partir del 1 de julio deberás contar con placas, registro y el Distintivo de Movilidad Eléctrica para poder circular en la Ciudad de México.
Las autoridades establecieron un periodo de regularización del 1 de julio al 20 de noviembre para poder realizar el trámite, aunque a partir del 1 de septiembre la Secretaría de Seguridad Ciudadana podrá sancionar a quienes no cumplan con esta regulación.
Las multas previstas irán de 10 a 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes aproximadamente a entre 1,100 y 2,200 pesos, de acuerdo con el valor vigente de la UMA.
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El emplacamiento será obligatorio para las unidades que cumplan con las siguientes características:
- Superen los 25 kilómetros por hora de velocidad.
- Cuenten con motores eléctricos con una potencia de 250 watts hasta 1 kilowatt (1,000 watts).
- Tengan un acelerador independiente y dos o más ruedas.
El trámite no será obligatorio para los patines de impulso manual ni para las bicicletas de pedaleo asistido.
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Requisitos para registrar un scooter o bicicleta eléctrica
El trámite deberá realizarse a través de la Plataforma Digital de la Secretaría de Movilidad (Semovi). Para ello será necesario cargar en formato digital los siguientes documentos:
- Identificación oficial vigente.
- Comprobante de domicilio en la Ciudad de México.
- Comprobante de propiedad del vehículo (factura original o carta factura).
- Evidencia fotográfica de la unidad donde sea visible el número de serie o del motor.
Una vez que la documentación sea validada, podrás generar la línea de captura para realizar el pago correspondiente ante la Secretaría de Finanzas y después agendar una cita para recoger las placas, la tarjeta de circulación y el Distintivo de Movilidad Eléctrica.
El costo del emplacamiento será de 709 pesos.
Nuevas obligaciones para los conductores
La nueva normativa para los VEMEPE también establece que los conductores deberán:
- Utilizar casco de protección.
- Mantener las luces encendidas durante la circulación.
Eventualmente se prevé solicitarles con un seguro de daños cuando así sea requerido. Además, con el propósito de proteger a peatones y ciclistas, estos vehículos no podrán transitar por:
- Banquetas y espacios de uso exclusivo para peatones.
- Ciclovías destinadas únicamente a bicicletas y otros vehículos no motorizados.
- Carriles confinados del transporte público.
Contexto
La creciente presencia de scooters eléctricos, bicimotos y bicicletas eléctricas en las calles de la Ciudad de México llevó a las autoridades capitalinas a impulsar cambios en la legislación de movilidad. Con la reforma a la Ley de Movilidad local, quienes conduzcan algunos de estos vehículos deberán tramitar placas, portar licencia de conducir y utilizar casco de forma obligatoria, como parte de un esfuerzo por ordenar su circulación y mejorar la seguridad vial.
La medida responde al aumento de estos vehículos en la capital, donde la movilidad se ha vuelto cada vez más compleja.
Automóviles, motocicletas, transporte público, ciclistas y ahora usuarios de scooters y bicicletas eléctricas comparten el espacio vial, lo que ha generado conflictos con peatones y automovilistas, además de un incremento en accidentes relacionados con estos medios de transporte.
JL
