La asociación civil Libertad para Morir impulsa la regulación de la eutanasia en la Ciudad de México, para que personas con un sufrimiento físico o mental por enfermedad grave, incurable o sin perspectiva de mejora puedan acceder a este servicio médico.
En entrevista con La Silla Rota, Pedro Morales Ache, abogado e integrante asociación, reconoce que han encontrado resistencias de grupos conservadores y religiosos contra esta propuesta.
El objetivo es reunir al menos 20 mil firmas en los próximos meses de junio y julio para que el Congreso capitalino esté obligado a discutir la iniciativa.
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Si se consiguen en este plazo, el Instituto Electoral de la Ciudad de México podrá validar las firmas durante el mes de agosto, para que el Congreso la discuta en el periodo que inicia el primero de septiembre.
Enfatizó que este mecanismo implica una discusión social del tema, lo cual considera un avance en sí mismo.
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La propuesta plantea identificar las condiciones de salud que deben actualizarse para poder optar por la eutanasia.
Morales sostiene que no debe limitarse al criterio tradicional que exige una enfermedad en etapa terminal, sino también centrarse en el sufrimiento físico o mental que pueda sufrir una persona con algún padecimiento grave, con mal pronóstico funcional vital a corto plazo.
Se trata, explicó, de una reconceptualización del derecho a la vida, que implica la potestad de decidir en qué condiciones desean seguir viviendo, con una amplitud de derechos humanos.
Requisitos
Expone que los requisitos para acceder a la eutanasia serían tener la mayoría de edad; ser competente mentalmente y estar consciente en el momento de la solicitud.
También la persona que la solicite deberá haber recibido la información necesaria sobre su estado de salud, así como su pronóstico y posibles tratamientos médicos y las diferentes alternativas, incluida la de acceder a cuidados paliativos.
Morales subrayó que la gratuidad de este servicio de asistencia médica es fundamental en la iniciativa, así como garantizar personal médico disponible para llevarlo a cabo.
Además, se blinda al personal médico y auxiliar de las instituciones de salud que haya actuado concordancia con las disposiciones establecidas, para que no esté sujeto a responsabilidad legal de ningún tipo por el fallecimiento de la persona solicitante.
Por otra parte, se reconoce la objeción de conciencia, la cual debe ser estrictamente individual y no institucional.
"Su ejercicio no debe implicar cargas desproporcionadas para las personas solicitantes, ni traducirse en la prolongación de su sufrimiento por la dilación en la atención médica", expone la iniciativa.
Contexto: la eutanasia se ha legalizado en otros países de la región como Ecuador y Colombia, pero no por la vía legislativa, sino judicial.
La Corte de Colombia emitió una sentencia en 1997 en la que determinó que extender las condiciones dolorosas y de sufrimiento resulta indigno, pues el derecho fundamental a una vida digna implica el derecho a morir con dignidad. También concluyó que el sujeto que no puede predicarse responsabilidad penal en el sujeto que realiza la eutanasia, pues en lugar de ser un acto ilícito, es un acto de solidaridad, no motivado por el deseo de perpetrar un homicidio.
