Es importante obedecer el programa Hoy No Circula por contingencia ambiental en la CDMX porque ayuda a reducir los niveles de contaminación del aire, que pueden alcanzar niveles peligrosos para la salud.
Durante estos periodos, la alta concentración de contaminantes como el ozono y las partículas PM2.5 puede agravar enfermedades respiratorias, afectar a grupos vulnerables y disminuir la calidad de vida.
Además, el cumplimiento de esta medida contribuye a disminuir el tráfico vehicular, reducir las emisiones y fomentar el uso de transporte público o alternativas más sostenibles, promoviendo un entorno más limpio y seguro para todos.
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Recuerda que en caso de violar las restricciones del Hoy No Circula por contingencia ambiental, los conductores podrían hacerse acreedores a una multa, si quieres conocer de cuanto podría ser y cuales serían las consecuencias de no respetar el programa, quédate con nosotros, aquí te contamos todos los detalles.
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¿Por que no circular en contingencia ambiental 2025?
La contingencia ambiental en la Ciudad de México se activa cuando los niveles de contaminación, principalmente de ozono (O3) y partículas PM10 o PM2.5, superan los límites establecidos por la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe).
Esto quiere decir que las condiciones meteorológicas provocan que las emisiones se conviertan en ozono más fácilmente y se acumulen, debido a esto las autoridades correspondientes aplican restricciones para la circulación de los vehículos en la región, esto aplica también para el programa regular de Hoy No Circula, el cual aplica día a día en diferentes casos.
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¿De cuánto son las multas por circular cuando hay contingencia ambiental?
El Programa Hoy No Circula y el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria, así como la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal y su Reglamento en Materia de Verificación Vehicular, establecen sanciones económicas para aquellas personas que infrinjan los ordenamientos, esto con el objetivo de incentivar el respeto de dichos lineamientos establecidos.
La multa por circular en días restringidos es de 20 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor en 2025 es de 113.14 pesos, por lo que la multa va de los 2,262 a los 3,394 pesos por incumplir las restricciones de movilidad.
¿Quién puede levantar dichas multas?
Las Unidades de Vigilancia Ambiental están facultadas para realizar una inspección que permita confirmar si el vehículo es sancionable; en ese caso, se elabora una boleta de sanción y a los vehículos foráneos ostensiblemente contaminantes se les retira la placa metálica como medida cautelar.
¿Cómo es el Hoy No Circula este jueves 27 de febrero 2025?
La Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la ZMVM y sus medidas, con el fin de proteger la salud de la población y prevenir la exposición a niveles altos de ozono.
Este jueves 27 de febrero, deberán suspender su circulación estos carros, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
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- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 2, 4, 6, 8 y 0.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa 1 y 2.
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
- Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
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7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.