El gobierno de la Ciudad de México emitió los lineamientos que exigen a las empresas que instalan anuncios espectaculares presenten estudios de riesgos. Estos estudios deben evaluar los peligros y amenazas ambientales, así como analizar el perímetro de impacto social en el que se ubicará el anuncio y análisis del inmueble donde se pretenden instalar.
En meses pasados, luego del retiro de aproximadamente 1,200 anuncios espectaculares irregulares colocados en azoteas de inmuebles de la Ciudad de México y 98 estructuras metálicas tras quedar prohibidos por la Ley de Publicidad Exterior aprobada en mayo 2022 por representar un riesgo para los capitalinos, este jueves el gobierno capitalino publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México los lineamientos para avalar la colocación de los espectaculares.
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¿Qué dicen los lineamientos para publicidad exterior?
El "Acuerdo por el cual se dan a conocer los lineamientos técnicos específicos para la elaboración de estudios de riesgos para proyectos de instalación de medios publicitarios (ERMP) en materia de gestión integral de riesgos y protección civil", es un documento que indica los daños probables, define y valora las características de los peligros o amenazas naturales o antropogénicas al interior o exterior de obras de construcción que requieren manifestación de construcción tipo B y C.
De acuerdo con la Ley General de Protección Civil, la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México y su Reglamento, los fenómenos que deberán analizarse para formar parte de un Estudio de Riesgos son:
Asimismo, para identificar y determinar las características del riesgo, en materia de protección civil, el documento señala que es importante realizar un análisis integral que considere el peligro, la vulnerabilidad y la exposición del caso de estudio. Esta identificación del riesgo se basa en seis apartados que conforman el Estudio de Riesgos para Proyectos de Instalación de Medios Publicitarios (ERMP):
- Antecedentes y Datos Generales
- Peligro, Vulnerabilidad y Exposición
- Elementos de Desarrollo Urbano, Ambiental y Movilidad
- Evaluación General de Indicadores de Riesgos
- Medidas Preventivas y Correctivas
- Memoria del Estudio
La forma en la que se evaluará el ERMP se compone de seis apartados, cada uno con un valor o equivalencia distinta debido a sus diferencias en composición y desarrollo. El Estudio de Riesgos se considerará completo si, al revisar su contenido, alcanza al menos el 75% del puntaje total, de acuerdo con la ponderación establecida.
"Para que el trámite de un ERMP pueda ser aprobado se debe integrar la totalidad de la documentación solicitada en el Reglamento, así como la requerida en la captura del mismo en la Plataforma Digital".
Además, debe explicar brevemente el propósito del estudio, proporcionar los datos del predio o inmueble donde se instalará el medio publicitario y detallar el proyecto, incluyendo cualquier aspecto relevante en materia de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil.
"Se deberá brindar una descripción del proyecto, así como de todos los elementos que lo integran y especificar el tipo de medio publicitario, así como indicar la ubicación del medio publicitario (dentro del predio/inmueble)", indicó la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil.
Entre otros requerimientos para el desarrollo del ERMP, también es necesario considerar los siguientes requerimientos:
- Antecedentes y Datos Generales: Información preliminar sobre el proyecto y el contexto en el que se llevará a cabo.
- Peligro y Vulnerabilidad: Análisis de los peligros y la vulnerabilidad asociados al proyecto.
- Exposición en el Entorno: Evaluación de la exposición al riesgo en el entorno donde se instalará el medio publicitario.
- Evaluación General de Indicadores de Riesgos: Revisión de los indicadores generales de riesgo relevantes para el proyecto.
- Medidas Preventivas y/o Correctivas: Estrategias y acciones para mitigar o corregir los riesgos identificados.
- Memoria del Estudio: Documentación detallada que respalda el análisis y las conclusiones del estudio.
Espectaculares amenazan la seguridad de las familias
De acuerdo con Inti Muñoz, secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), detalló que en mayo pasado el 90.5 por ciento de los espectaculares retirados fueron de manera voluntaria. Mientras el Gobierno de la Ciudad de México, en colaboración con la industria, retiró el 3.3%, el Instituto de Verificación (Invea) se encargó del 6.2% restante.
Muñoz recordó que, bajo la normativa anterior, las autoridades eran responsables del retiro de los anuncios irregulares, lo que obligaba al Invea a contratar una empresa para realizar la tarea. Sin embargo, con el retiro voluntario, el erario local logró un ahorro de 268 millones 400 mil pesos.
El funcionario también informó que la eliminación de estos anuncios llevó al retiro de 7,768 toneladas de estructuras metálicas y 117,000 metros cuadrados de láminas y materiales que obstruían el paso urbano en la ciudad.
“Algo muy importante, tal vez algo que está en el centro de la ley promovida desde el principio de esta administración por la jefatura de gobierno presentada en el Congreso de la Ciudad de México, es que era importante eliminar un grave riesgo que existía en cientos de edificios de la ciudad, que tenían un anuncio de azotea más grande que el propio edificio, toneladas y toneladas de peso añadido o no calculado sobre las estructuras de inmuebles generando un muy delicado riesgo estructural en esta ciudad, que pone todo su cuidado en temas de protección civil y la gestión de riesgos”, explicó el titular de la Seduvi.
¿Realmente se han "eliminado" todos los espectaculares en la CDMX?
Y es que a pesar de que muchos de estos espectaculares fueron retirados de azoteas de casas ubicadas en las principales vialidades capitalinas, como Periférico, Viaducto, Río Churubusco, Río Consulado, Reforma e Insurgentes, empresas dedicadas a la publicidad exterior, han dejado estructuras metálicas abandonadas en los patios de algunas casas, lo que continua representando un riesgo estructural.
Un claro ejemplo es el caso de Elena Estrada, quien ha luchado para que Grupo Rentable, empresa dedicada a la publicidad exterior, retire el “monstruo” de 34 metros que dejaron abandonado en el patio de su casa y que, actualmente, representa un peligro para la integridad física de sus hijas, hijos y nietos; además de poner en riesgo su patrimonio.
Se trata de una enorme estructura de metal anclada en medio de su casa, que durante varios años sirvió para sostener un “espectacular” que mostraba publicidad a los miles de automovilistas que día con día circulan por Río Consulado.
En 2011, Elena Estrada firmó un contrato de arrendamiento con Grupo Rentable para ceder un espacio de su patio para que la empresa colocara un poste que sostuviera dicho “espectacular”. Este contrato se renovaba automáticamente cada año, siempre y cuando, Doña Elena estuviera de acuerdo.
Sin embargo, en 2020, la señora decidió terminar con el arrendamiento, pues Grupo Rentable no realizaba las obras de mantenimiento y de seguridad necesarias, ni siquiera después del sismo de septiembre de 2017, por lo que la estructura comenzó a hundirse, a hacer grietas en los pisos y a inclinarse ligeramente hacia la casa. Además de que en un par de ocasiones las lonas “salieron volando” y cayeron sobre las casas de los vecinos.
Asimismo, debido al hundimiento del poste, el agua de la lluvia se acumula alrededor de la infraestructura. Esta agua estancada se filtra y está debilitando la base del “espectacular”, además de ser cultivo para bacterias y gérmenes, que ponen en riesgo la salud de los gatitos que tiene la familia.
De acuerdo al contrato, la propietaria de la vivienda tenía que avisar con 60 días de antelación que no renovaría el acuerdo de arrendamiento. Así lo hizo y la empresa prometió desmontar la estructura en un plazo máximo de dos meses. De esto ya han pasado poco más de tres años.
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