CDMX

Esta es la multa por tirar basura en el nuevo Zócalo peatonal

La Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México por incurrir en acciones que afectan el entorno urbano de la ciudad

Esta es la multa por tirar basura en el nuevo Zócalo peatonal
Esta es la multa por tirar basura en el nuevo Zócalo peatonalCréditos: LSR
Escrito en METRÓPOLI el

Desde este mes de mayo, el Zócalo de la Ciudad de México ha pasado a ser de dominio exclusivo para los peatones en la capital, habitantes o turistas, solo se puede recorrer el primer cuadro de la ciudad a pie. Sin embargo, el tránsito de peatones conlleva otros problemas, tales como el aumento en la cantidad de residuos contaminantes que estos dejan.

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Así es, como en cualquier otra plaza pública de la Ciudad de México, casi como cualquier otra en el mundo, sufre un problema de acumulación de basura. Y es que los peatones que recorrer el Zócalo bajo las inclemencias del tiempo, comen y beben alimentos en la vía pública, entre muchas otras actividades que generan desperdicios.

¿A dónde van a parar la basura de los visitantes del Zócalo? En la plaza de la constitución suele haber repartidos por diferentes puntos basureros públicos, en los que cualquier persona puede ir y tirar su basura. Sin embargo, hay algunas personas que por flojera, desconocimiento o sea cual sea la razón, prefieren dejar su basura en la calle.

Esto empeora el aspecto urbano de la zona y con el tiempo, va haciendo que sea menos atractiva para los visitantes. Por ello, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México contempla multas y sanciones contra las personas que tiren basura en la vía pública, entre algunas otras acciones que se considera que afectan el entorno urbano de la Ciudad.

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Infracciones contra el entorno urbano de la ciudad

  • Abstenerse de recoger del espacio público, las heces de un animal de su propiedad o bajo su custodia, así como tirar o abandonar dichos desechos fuera de los contenedores designados para tal fin.
  • Orinar o defecar en los lugares a que se refiere el artículo 5 de esta Ley.
  • Arrojar, tirar o abandonar en el espacio público animales muertos, desechos, objetos o sustancias.
  • Tirar basura en lugares no autorizados.
  • Dañar, pintar, maltratar, ensuciar o hacer uso indebido de las fachadas de inmuebles públicos o de particulares.

Estas acciones que atentan contra el entorno urbano de la ciudad son contempladas en el Artículo 29 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, misma que establece penalidades por incurrir en ellas que van desde una amonestación hasta una multa, arresto o servicio comunitario según sea el caso.

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¿Cuáles son las sanciones por atentar contra el entorno urbano en la capital?

Según el orden en que fueron enlistadas anteriormente las infracciones contra el entorno urbano de la ciudad, sus sanciones en multas económicas en pesos, horas de arresto y horas de trabajo comunitarios son: De 955.68 a 3,475.2 pesos. De 13 a 24 horas y de 6 a 12 horas.

VGB