La Ciudad de México carece de controles de vigilancia que le permitan comprobar que todas las multas de tránsito son aplicadas y que todos los infractores son registrados en las bases de datos, concluyó la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
De acuerdo con la auditoría ASCM/46/21, dirigida a las secretarías de Seguridad Ciudadana (SSC) y a la de Administración y Finanzas (SAF) de la Ciudad de México, se detectaron tres inconsistencias durante la revisión a los “Ingresos por Aprovechamientos de Tipo Corriente, Multas de Tránsito”.
El análisis de la Auditoría Superior de la Ciudad de México se basó en la recaudación de 622 millones 920 mil pesos en 2021 obtenidos a través de la emisión de un millón 77 mil 900 multas de tránsito en las 16 alcaldías de la capital del país.
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“Se recaudaron 622,920.4 miles de pesos, monto superior en 100.3% (311,880.8 miles de pesos) a lo estimado en la Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2021 (311,039.6 miles de pesos). Asimismo, la recaudación por aprovechamientos por Multas de Tránsito presentó un incremento de 128.1% (349,888.8 miles de pesos) respecto a la del año anterior (273,031.6 miles de pesos)”.
El personal de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, emitió tres recomendaciones a partir de la revisión en el llenado de las boletas de multa, la aplicación de la sanción, así como el registro de los datos de cada infractor. En los tres casos, el análisis fue hecho tomando como muestra 70 boletas de infracción.
“Se verificó que las multas de tránsito se hayan determinado aplicando la metodología establecida en la normatividad aplicable, si llevó un control de los trámites relacionados con el rubro revisado y del monto pagado por los solicitantes, y si la SSC y la SAF contaron con mecanismos de resguardo y conservación de la documentación generada de los trámites relacionados con el rubro sujeto a revisión, se analizó la base de datos de ingresos tributarios y no tributarios de la SAF, donde se determinó que fueron pagadas 1,185,718 multas de tránsito durante 2021, de las cuales se seleccionaron 70 multas de tránsito para su revisión”.
Boletas de multas, llenas con datos incorrectos
Durante la revisión, el personal de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, identificó distintas irregularidades en el llenado de las boletas de infracción. En el caso de la boleta (74038749) emitida al vehículo con matrícula 18AJ2C se incluyen dos delitos viales diferentes.
En la boleta de sanción con folio 74036316, “se consignó que fue emitida al vehículo con matrícula LF45322 y en el anexo de la boleta de sanción (papeleta con alvéolos) se señaló que la infracción se impuso a la matrícula LF45323”.
“Es necesario que la Secretaría de Seguridad Ciudadana implemente mecanismos de supervisión para asegurar que los agentes de tránsito autorizados para infraccionar requisiten todos los apartados especificados en la boleta de sanción y su anexo, y que la información consignada sea congruente en dichos documentos, de conformidad con la normatividad aplicable”.
La revisión a las 70 boletas de infracción indica que en 30 casos no se incluyeron el número, tipo y lugar de expedición de la licencia para conducir del infractor; en 14 casos más no se documentó que los conductores infractores no contaban con licencia; en cinco más no se especificó que los conductores de los vehículos se encontraban ausentes al momento de la multa.
En tres casos los infractores no proporcionaron los documentos al agente de tránsito, mientras que en 19 casos el agente de tránsito no especificó el número, tipo ni lugar de expedición de la licencia para conducir del conductor infractor, que acreditara que los conductores infractores contaron con dicho documento y que correspondiera al tipo del vehículo que conducían
“Por lo expuesto en los incisos a) y c) del presente numeral, se determinó que la SSC tuvo deficiencias de control interno, respecto al llenado de las boletas de sanción por parte de los agentes de tránsito. Cabe señalar que la SSC informó que ha implementado mecanismos de control (uso de Hand Held) y de supervisión (revisiones de manera periódica a los agentes de tránsito)”.
No hay evidencia de que todos los infractores reciban boleta de multa
Durante el análisis de las 70 boletas de multas de tránsito que fueron tomadas como muestra para realizar la auditoría, se identificaron 23 casos en los que el personal de la Secretaría de Seguridad Ciudadana no emitió la papeleta de sanción a pesar de que los infractores no contaban con licencia de manejo o portaban una diferente al vehículo que conducían.
“En 23 multas de tránsito los agentes de tránsito autorizados para infraccionar omitieron multar a los conductores infractores que no acreditaron contar con una licencia de conducir o que dicha licencia no correspondió con el tipo de vehículo que manejaban (vehículo de carga, para lo cual el conductor debió portar una licencia de conducir Tipo D, conforme a lo establecido en el artículo 18, fracción IV, del Reglamento para el Control Vehicular y de Licencias y Permisos para conducir en el Distrito Federal, vigente en 2021)”.
En 23 casos más, los agentes de tránsito argumentaron que no aplicaron las multas debido a que fueron agredidos por los conductores sancionados. La Secretaría de Seguridad Ciudadana justificó la falta de aplicación de las multas a través de un oficio en el que los elementos viales prefieren resguardar su vida que multar a los infractores.
“Mediante nota informativa anexa al oficio núm. SSC/SCT/DGANT/8697/2022 del 25 de octubre de 2022, la Dirección General de Aplicación de Normatividad de Tránsito informó que “en algunos casos se advierte que el agente de tránsito registra observaciones, que es agredido por parte del infractor y ante esas circunstancias, resguarda su integridad, motivo por el cual no realiza una segunda infracción”.
Las irregularidades detectadas por el personal de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, los llevó a emitir la recomendación ASCM-46-21-2-SSC, en la que solicitan a la Secretaría de Seguridad Ciudadana capitalina a implementar programas que garanticen que se apliquen todas las infracciones viales detectadas por el personal asignado.
“Es necesario que la Secretaría de Seguridad Ciudadana implemente mecanismos de supervisión para asegurar que los agentes de tránsito autorizados para infraccionar emitan todas las multas de tránsito a las que se hayan hecho acreedores los conductores infractores, de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable”.
No se registran a todos los infractores
De acuerdo con los hallazgos obtenidos por los auditores, el incorrecto llenado de las boletas, así como el no ingresar de los datos de los infractores en las bases de datos, han originado que se emitan multas en contra de los dueños de vehículos que no fueron sancionados.
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Ciudadana implemente mecanismos de supervisión para asegurar que los agentes de tránsito o en su caso el personal designado registre en el Sistema Integral de Administración de Infracciones la información consignada en las boletas de sanción y su anexo, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
“Las boletas de sanción con folio 73989075 y 73286923 fueron emitidas a los vehículos con matrícula 65AE5J y LF27010, respectivamente; sin embargo, en la base de datos de multas de tránsito se indicó que las sanciones fueron impuestas a los vehículos con placas 65AE6J y LE27010”.
También, se identificó en 10 casos que los nombres o matrículas de los agentes asignados para aplicar las sanciones, presentaban inconsistencias, e incluso registraron información inexistente.
“Al no registrar en el SIAI las multas de tránsito conforme a lo especificado en las boletas de sanción, se registraron multas de tránsito a agentes que no tuvieron conocimiento de la infracción; asimismo, se registraron placas que no corresponden a las de los agentes de tránsito autorizados para infraccionar”.
MRV