Los últimos días el caso de un conductor del Metro que condujo una unidad de este sistema de transporte público en estado de ebriedad ha resonado con fuerza en las redes sociales, pues con esta acción el conductor puso en riesgo la vida de los pasajeros.
Pero, ¿qué pasa cuando quien ingresa al Metro tomando alcohol no es un conducto sino un pasajero?, A través de las redes sociales se ha difundido un video en el que se observa a una mujer dentro de uno de os vagones del Metro con una botella de whisky y una copa en la mano.
La usuaria de Tiktok @ximeees.15 compartió el video en el que una mujer que lleva una cangurera y una botella de refresco, viaja de pie junto a una de las puertas del tren, además sostiene una copa llena con lo que supone es una preparación de los ingredientes que lleva en la mano.
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@ximeees.15 compartio el video con la frase “que elegancia la de Francia” para titular el Tiktok.
Los internautas que han visto el video han compartido sus opiniones al respecto, aunque en la mayoría de los casos estos toman con humor la situación, pues han comentado que quisieran viajar con ella y que la mujer ya inició “el Lupe-Reyes”.
“A huevo, sin miedo al éxito ni a la policía”, “me gusta su Flow”, “No se quien sea, ni a donde vaya, pero quisiera ir con ella”, “Eso es tener la mejor felicidad del mundo cero preocupaciones jajaja q. Chingon por ella”, “No pasa nada mientras ella no maneje”, son algunos de los comentarios que hicieron los usuarios de las redes sociales.
Aunque este caso pueda causar sensación y puede ser tomado como algo chusco que pasa dentro del Metro de la CDMX, hay que recordar que ingresar al Metro en estado de ebriedad, tomando o fumando está prohibido.
El reglamento oficial del Metro indica lo que no debes hacer dentro de sus instalaciones, y tomar alcohol es una de ellas.
“No fumar, ni ingresar en estado de ebriedad o bajo el efecto de algún estupefaciente”
Por su parte el reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México establece en el artículo 227 las causas justificadas para negar al usuario la prestación del servicio, entre las que podemos destacar que se les niega la entrada cuando el pasajero “se encuentre notoriamente bajo el efecto de bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicotrópicos”.
VGB