Mineral de la Reforma.— El zapatero “se volvió loco”, tomó su arma calibre .38 la descargó en la humanidad de Gabriela y su hijo Alexis y no conforme, corrió nuevamente hasta su domicilio y desde ahí aventó por lo menos tres bombas molotov hacia los autos que se hallaban en el estacionamiento de la Privada Papagayo, del fraccionamiento Chavarría en Mineral de la Reforma.
Por dichos actos, con apariencia de delito, una jueza de control vinculó a proceso a José Ramón, mejor conocido por sus vecinos como el zapatero, quien el pasado 1 de junio de 2025, asestó una serie de disparos en contra de su vecina de nombre Gabriela y su hijo Alexis.
Los delitos que le fueron imputados a José Ramón N fueron homicidio calificado en grado de tentativa, daño en la propiedad y peligro de devastación, ello luego de que descargara el contenido de la .38 en contra de Gabriela y Alexis, y todavía aventó bombas molotov.
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De acuerdo con la narración de hechos por parte de la agente del Ministerio Público, el sujeto ingresó a su domicilio, tomó el arma y comenzó a disparar en contra de Gabriela y Alexis, que intentaron protegerse detrás de un poste de concreto, pero al ver que no paraba el fuego con el arma, Alexis se incorpora y avalancha contra el agresor, tirándolo de la escalera.
El agresor se incorpora y echa a correr a su domicilio, abre la ventana y desde ahí comienza a aventar botellas con fuego, mejor conocidas como bombas molotov, dejando objetos y vehículos dañados.
Gabriela resultó con una lesión en la mano izquierda con arma de fuego, así como con quemaduras; mientras que Alexis presentó lesiones en la cabeza y el tórax, mismas que fueron más severas, pero no abarcaron órganos vitales.
Los testigos identificaron muy bien al agresor a quien conocen como el zapatero y fueron ellos quien afirmaron que “se puso loco” y abrió fuego contra la vecina y su hijo y le dijo “te voy a matar”.
Cabe mencionar que la defensa del imputado pretendía que no se le señalara del delito de peligro de devastación, sino de daño en la propiedad, pero la jueza Karina Vértiz Marín explicó que el delito de daño en propiedad protege bienes materiales, mientras que el de devastación tutela la seguridad colectiva y la seguridad pública, por lo que vinculó a proceso por los tres delitos y dio un plazo de dos meses para la investigación complementaria.
sjl
