Pachuca.— El Tribunal de Arbitraje del Estado de Hidalgo negó la Toma de Nota al Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Pachuca (SUTSMP), así consta en el expediente 1428/2024 tramitado en el Juzgado Cuarto de Distrito del Estado de Hidalgo con residencia en Pachuca. Cabe recordar que el pasado 4 de mayo de 2024, integrantes del SUTSMP reeligieron como su secretario general a Percy Espinosa Bustamante, para el periodo 2024-2027, con el que acumulará 26 años al frente.
Durante su mensaje a los más de 1,300 trabajadores que integran el sindicato del Ayuntamiento de Pachuca, Percy Espinosa Bustamante vaticinó que habrá momentos más fuertes en contra de las organizaciones sindicales, aunque aseveró que la fortaleza en el SUTSMP es la unidad en la que si no hay grietas será difícil fracturarse.
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Su nuevo periodo comenzó el martes 14 de mayo de 2024 y concluye el 13 del mismo mes, pero del año 2027, por lo que sumará 26 años como secretario general del SUTSMP, desde que comenzó el sábado 7 de abril de 2001.
Tras recibir la negativa del Tribunal de Arbitraje, Percy Espinosa a nombre del SUSTMP promovió un juicio de amparo ante el juzgado de distrito, el cual debido a la suspensión de actividades no se le había dado trámite, hasta ahora fue admitido.
El motivo de la queja es contra un acto del Tribunal de Arbitraje en el Estado de Hidalgo, con residencia en Mineral de la Reforma, que negó la Toma de Nota, bajo el argumento que no participaron todos los trabajadores del Ayuntamiento en la reelección del líder sindical; sin embargo, de acuerdo con los estatutos sólo deben participar los empleados agremiados.
¿Qué es la toma de nota?
La Toma de Nota, es precisamente como su nombre lo indica, el hecho de que el Tribunal de Arbitraje se dé por enterado y registre que en este caso el Sindicato del Ayuntamiento de Pachuca, ha llevado a cabo su proceso de elección del secretario general y a quién eligió.
A decir de Víctor Licona, quien se encuentra en litigio porque igualmente fue desconocido como líder del Sindicato de Único de Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo de Hidalgo, el hecho de que la nieguen “no representa mucho, porque los que tienen las facultades de elegir a la dirigencia solamente son los trabajadores, a través de la misma ley burocrática, ya sea del estado o la Federal, de los tratados internacionales donde se manifiesta la libre la libre expresión de los trabajadores, denominado libre sindicalismo”.
Y abundó que el objetivo de las tomas de nota es que el Tribunal “toma nota de que se llevó a cabo un proceso electoral, que se cumplió con lo que marca la ley y lo registra en el libro de tomas de nota de todas las organizaciones jurídicas para representar a los trabajadores”.
El amparo
El juicio de amparo fue interpuesto el 20 de mayo de 2024, con el número de expediente 1428/2024. La audiencia incidental fue fijada para las 9:00 horas del 8 de noviembre de 2024.