PACHUCA. - Percy Espinosa Bustamante, secretario general del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Pachuca (SUTSMP), denunció, a través de oficios, que hay 11 trabajadores con sueldos por debajo del salario mínimo.
Lo anterior, dijo, contraviene disposiciones legales estatal y federal, así como el decreto establecido por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, quien este año aumentó el 20 por ciento el salario mínimo en todo México.
A través de las redes sociales del SUTSMP, se subieron 9 de los 11 oficios enviados el mes pasado al presidente municipal de Pachuca, Sergio Baños Rubio, a fin de solicitar la regularización de estos sueldos.
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Rosario Domínguez Escamilla, adscrita al sistema DIF Municipal con una categoría de ayudante, quien actualmente percibe un salario de 2 mil 542.50 pesos quincenales; Heriberto Díaz Mendoza, adscrito a la dirección de sanidad con categoría de barrendero con un pago de 2 mil 827 pesos.
También, se enlista a las y los trabajadores adscritos al sistema DIF municipal de Pachuca con sueldos quincenales: Inés Cambray Torres, quien gana 2 mil 918 pesos; Sonia Adriana Rivas Reyes, con un salario de 2 mil 154.50 pesos; Yazmín Molina Martínez, con 2 mil 866 pesos; María Cristina Uribe Ramírez, gana 2 mil 12.50 pesos.
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De igual forma, María Cristina Uribe Ramírez, con 2 mil 12.50 pesos; Víctor Hernández Palafox, quien percibe 2 mil 710.50 pesos; Nohemí Mercado López, con un sueldo de 2 mil 783.50 pesos; y Verónica Francisca Salinas Daniel, con 2 mil 032.50 pesos.
“A estos 11 compañeros, el presidente municipal de Pachuca, Sergio Baños Rubio, les paga una cantidad inferior al salario mínimo, nuevamente violando la Ley y es contrario a lo que se establece por Ley y señalado por el presidente de México”, dice el post del SUTSMP.
El líder sindical Percy Espinosa informó que, de acuerdo con las “Condiciones Generales de Trabajo del Ayuntamiento de Pachuca de Soto, Hidalgo”, en el capítulo de Salarios, específicamente en el Artículo 48 establece que: “En ningún caso el salario de un trabajador de base podrá ser inferior al mínimo general establecido por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos para la zona económica del Estado con excepción del personal cuya relación laboral sea por horas”.
También, contraviene el decreto número 45 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, así como de los Organismos Descentralizados del Estado de Hidalgo, en su artículo 35 que dice: “Los titulares no podrán establecer salarios inferiores al salario mínimo fijado para los trabajadores en general, en el lugar donde se presten los servicios”.
Otra disposición que se estaría vulnerado es la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 90, que establece que: “Salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una Jornada de trabajo”.
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