Pachuca.— Para garantizar que, en la integración de las diputaciones por el principio de representación proporcional, exista al menos una fórmula destinada a personas con discapacidad y personas de la diversidad sexual y de género, el Congreso local aprobó reformas al Código Electoral local.
Cabe recordar que en el anterior proceso electoral fue el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) fue el que emitió los lineamientos para garantizar la participación de dichos grupos vulnerables, y estableció que debían ocupar alguno de los primeros cinco lugares.
En el dictamen emitido por la Primera Comisión Permanente de Legislación y Puntos Constitucionales, se adiciona una fracción V al artículo 207 del Código Electoral del Estado de Hidalgo, en la que se establece que entre las doce fórmulas de diputaciones de representación proporcional deberá asegurarse el acceso al cargo de integrantes de estos grupos históricamente vulnerados.
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La iniciativa fue presentada el 15 de julio de 2026 por diputadas y diputados de los grupos legislativos de Morena y Nueva Alianza y, tras su análisis, fue aprobada por la comisión dictaminadora el 28 de julio de 2026.
Durante el estudio del proyecto, las y los legisladores señalaron que la reforma busca garantizar el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales mediante acciones afirmativas que permitan superar las barreras estructurales que han limitado el acceso de estos sectores a los cargos de representación popular.
Cabe recordar que dicha reforma no es la primera que se realiza, toda vez que en 2023 se incorporó la obligación de postular a personas con discapacidad en las candidaturas de representación proporcional, ello derivado de una consulta realizada en 2022 a este sector de la población.
Posteriormente, se amplió esa medida para incluir también a personas de la diversidad sexual y de género; sin embargo, ambas reformas fueron invalidadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación debido a deficiencias en el procedimiento legislativo y no por el contenido de las acciones afirmativas.
Como parte del análisis jurídico, la comisión destacó que en marzo de 2026, la Suprema Corte determinó que no existía materia pendiente respecto de la consulta a personas con discapacidad, al considerar que ésta ya había sido realizada de manera válida, lo que otorgó libertad al Congreso local para reincorporar la disposición al Código Electoral.
Asimismo, el dictamen sostiene que la medida cumple con un test de proporcionalidad al ser idónea, necesaria y proporcional para garantizar una representación política más incluyente, sin afectar los derechos de otros actores políticos ni alterar el sistema electoral.
De acuerdo con la aprobación, corresponderá la aplicación operativa de la reforma al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, el cual deberá implementar los mecanismos para el registro de candidaturas, verificar las autoadscripciones correspondientes y garantizar el cumplimiento de la acción afirmativa respetando el principio de paridad de género.
sjl
