Pachuca.— Dos policías fueron sometidos a un proceso penal por fracturar el brazo a una persona durante una detención, hechos por los que finalmente fueron sentenciados mediante un procedimiento abreviado en el distrito judicial de Pachuca.
De acuerdo con la resolución judicial, los elementos, adscritos a una corporación municipal, acudieron a un llamado para atender a un hombre que presuntamente escandalizaba afuera de un local comercial. Sin embargo, al momento de la intervención, ejercieron violencia sin causa justificada al someterlo, tirarlo al piso y manipularle el brazo de forma violenta, lo que derivó en una fractura en la extremidad derecha.
La víctima señaló que, pese a pedir que dejaran de lastimarlo, los agentes continuaron con el uso excesivo de la fuerza antes de trasladarlo a barandilla, donde permaneció varias horas sin recibir atención médica inmediata. Posteriormente, acudió a un hospital, donde le diagnosticaron una fractura en el antebrazo.
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Por dichos hechos, los dos policías municipales fueron presentados ante un juez de Control con cargos por presunto delito de abuso de autoridad agravado, al acreditarse que actuaron en el ejercicio de sus funciones y sin una causa legítima para ejercer violencia. Además, se comprobó su calidad como servidores públicos mediante documentos oficiales y reportes policiales.
Durante el proceso, los imputados aceptaron su responsabilidad y optaron por un procedimiento abreviado, con el cual renuncian a un juicio oral. La víctima no se opuso a esta vía, ya que previamente recibió una compensación económica por el daño.
Conmutan prisión por trabajo comunitario
El juez determinó imponer a cada uno de los policías una pena de un año de prisión, así como una multa económica. No obstante, la sanción fue conmutada por trabajo a favor de la comunidad o el pago equivalente a nueve mil pesos.
Asimismo, los sentenciados tuvieron que ofrecer una disculpa pública y asumir el compromiso de no repetición, además de recibir una amonestación y la suspensión de sus derechos políticos en caso de estar privados de su libertad.
La autoridad judicial concluyó que existieron elementos suficientes para acreditar el uso indebido de la fuerza y la responsabilidad penal de los agentes.
De acuerdo con el Código Penal en su artículo 301, comete el delito de abuso de autoridad, el servidor público que incurran en alguna de las conductas siguientes: en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas hiciere violencia a una persona sin causa legítima, la vejare o la insultare.
Al que cometa el delito de abuso de autoridad, se impondrán de uno a seis años de prisión y multa de 20 a 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Además, el artículo 298 Ter establece que cuando los delitos a que se refieren los artículos 301, sean cometidos por servidores públicos miembros de alguna corporación policiaca, la punibilidad prevista será aumentada en una mitad.
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