TRANSPORTE PÚBLICO

Semot Hidalgo: unidades de transporte son para pasajeros, no para paquetería

La Secretaría de Movilidad y Transporte (Semot) reiteró que las unidades colectivas e individuales deben usarse exclusivamente para pasajeros, si no es el caso, enfrentarán multas severas o la cancelación definitiva de su concesión

La Secretaría de Movilidad y Transporte (Semot) reiteró que las unidades colectivas e individuales deben usarse exclusivamente para pasajeros; de lo contrario, si se usan para el envío de paquetes o traslado de mercancías enfrentarán multas severas o la cancelación definitiva de su concesión
Semot advierte sanciones a transporte público en Hidalgo.La Secretaría de Movilidad y Transporte (Semot) reiteró que las unidades colectivas e individuales deben usarse exclusivamente para pasajeros; de lo contrario, si se usan para el envío de paquetes o traslado de mercancías enfrentarán multas severas o la cancelación definitiva de su concesiónCréditos: RRSS Semot
Escrito en HIDALGO el

Estado.- La Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo (Semot) advirtió que las unidades del transporte público concesionado deberán utilizarse exclusivamente para el traslado de personas, por lo que cualquier uso distinto como el transporte de paquetería o mercancías podría derivar en sanciones e incluso en la revocación de la concesión.

A través del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo (STCH), la dependencia recordó a concesionarios y operadores que los vehículos destinados al servicio público en sus modalidades colectiva e individual deben operar conforme a los términos establecidos en sus concesiones, garantizando la continuidad y correcta prestación del servicio a la ciudadanía.

La autoridad estatal precisó que las unidades no pueden destinarse a actividades distintas a las autorizadas, especialmente cuando ello afecte o interrumpa el servicio para los usuarios.

De acuerdo con la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo, las concesiones otorgadas al transporte público están destinadas exclusivamente al traslado de personas, por lo que no está permitido utilizarlas para el traslado de paquetería o mercancías.

La dependencia señaló que estas disposiciones se encuentran establecidas en los artículos 49 y 50 de la normativa vigente, donde se contemplan sanciones para quienes incumplan con la regulación.

Finalmente, la Semot reiteró su disposición al diálogo con el sector transportista para atender inquietudes, al tiempo que hizo un llamado a garantizar un servicio seguro, ordenado y de calidad para las personas usuarias.

magr