Pachuca.- El 20 de junio de 2025, el organismo recibió del Congreso local la Propuesta de Acuerdo Económico número 122 (LXVI Legislatura), mediante la cual se le exhortó a investigar posibles actos de violencia política por razón de género, nepotismo, corrupción y desobediencia a acuerdos del Ayuntamiento de Epayozucan.
En cumplimiento de su mandato, la Comisión inició la queja CDH-EH-VG-1137-25, a la que se adhirieron cuatro regidoras del cabildo.
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Violaciones acreditadas
Tras el análisis del expediente, la CDHEH concluyó que el alcalde incurrió en acciones y omisiones que vulneraron derechos como:
- Libertad de expresión
- Igualdad y no discriminación
- Debida diligencia
- Participación en la vida política
- Derecho a una vida libre de violencia
Entre los hechos documentados se señala la difusión, en canales oficiales del ayuntamiento, de información sin sustento verificable y con contenido descalificatorio hacia regidoras. Asimismo, se acreditaron actos de discriminación contra una regidora con discapacidad visual, cuya capacidad para desempeñar el cargo fue cuestionada públicamente en razón de su condición física, lo que generó afectaciones emocionales y a su dignidad.
También se documentó el caso de otra regidora que no pudo asistir a su toma de protesta debido a que se encontraba hospitalizada tras dar a luz.
Pese a solicitudes formales, el alcalde no facilitó mecanismos alternativos para que rindiera protesta, lo que retrasó el ejercicio pleno de su encargo. La Comisión consideró que la autoridad actuó sin perspectiva de género ni ajustes razonables ante su condición de puerperio.
Recomendaciones y acciones solicitadas
La recomendación fue notificada a las víctimas y al presidente de la Junta de Gobierno del Congreso del Estado. Entre los puntos principales se establece la inscripción de las víctimas en el Registro Estatal de Víctimas para acceder a medidas de reparación integral.
Igualmente se solicita capacitación obligatoria al Ayuntamiento en derechos humanos, igualdad, no discriminación, perspectiva de género y responsabilidades administrativas
El inicio o seguimiento de procedimientos legales contra el presidente municipal conforme a la Constitución federal y estatal y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos; igualmente, vista al órgano interno de control municipal.
La CDHEH otorgó como fecha límite el 2 de marzo de 2026 para la aceptación de la recomendación.
Colaboración interinstitucional
El organismo solicitó además la intervención de la Procuraduría General de Justicia del Estado para investigar posibles conductas discriminatorias y actos que podrían configurar tratos crueles o degradantes.
También pidió seguimiento a la carpeta NUC 12-2025-05891, radicada en la causa penal 916-2025 en un juzgado penal de Pachuca, así como dar vista al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo para que, en el ámbito de sus facultades, determine si existen conductas constitutivas de violencia política contra las mujeres en razón de género.
La CDHEH subrayó que la autonomía municipal no exime del control constitucional ni de responsabilidad cuando se acreditan violaciones a derechos humanos. Reiteró que la violencia política y la discriminación contra mujeres y personas con discapacidad constituyen prácticas estructurales que deben erradicarse.
El Congreso del Estado deberá sustanciar las diligencias correspondientes bajo el procedimiento previsto en la ley, mientras la Comisión dará seguimiento hasta el cumplimiento total de la recomendación.
magr
