MUNICIPIOS

Promueven juicio de amparo contra construcción de un Cereso en Tasquillo

El promovente sostiene que la obra se realiza sin contar con permisos municipales de uso de suelo, autorizaciones de impacto ambiental ni el consenso social requerido

El juzgado determinó no conceder la suspensión provisional, al considerar que el promovente no acreditó de manera indiciaria el interés legítimo
Municipios.El juzgado determinó no conceder la suspensión provisional, al considerar que el promovente no acreditó de manera indiciaria el interés legítimoCréditos: Especial
Escrito en HIDALGO el

Pachuca.- Un ciudadano del municipio de Tasquillo promovió un juicio de amparo indirecto en contra de la construcción de un Centro de Reinserción Social (Cereso) en esa demarcación, al considerar que la obra se pretende ejecutar sin cumplir con los requisitos legales, ambientales y de consulta a la población.

En la demanda se señalan como actos reclamados la orden verbal o escrita, acuerdos, instrucciones y asignación presupuestal para edificar el Cereso, así como el inicio y ejecución material de los trabajos en el predio conocido como el Vivero Forestal, ubicado a la entrada de la cabecera municipal, sobre la carretera federal México–Laredo, en el barrio de San Isidro. 

Los argumentos

El promovente sostiene que la obra se realiza sin contar con permisos municipales de uso de suelo, autorizaciones de impacto ambiental ni el consenso social requerido.

También es motivo de reclamo, la aprobación, expedición y promulgación del Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2026, específicamente en lo relativo a la asignación de recursos bajo partidas de infraestructura o seguridad destinadas al proyecto, así como la omisión de las autoridades de llevar a cabo una consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe con la comunidad.

Tras la presentación de la demanda, el Juzgado Segundo de Distrito tuvo por recibido el juicio de amparo promovido en contra del gobernador de Hidalgo y otras autoridades, ordenando la radicación del asunto con el número de expediente 27/2026 y la integración de los expedientes físico y electrónico correspondientes, así como su registro en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes.

No obstante, el órgano jurisdiccional federal previno a la parte quejosa para que, en un plazo de cinco días, precise bajo protesta de decir verdad los hechos que constituyen los antecedentes del acto reclamado, al advertir que dicha manifestación no fue realizada en los términos exigidos por la Ley de Amparo. Asimismo, se le requirió la exhibición de copias necesarias para dar vista a las autoridades responsables y para la tramitación del incidente de suspensión.

No acredito interés legítimo

En cuanto a la solicitud de suspensión de los actos reclamados, el juzgado determinó no conceder la suspensión provisional, al considerar que el promovente no acreditó de manera indiciaria el interés legítimo ni el daño inminente o irreparable que justificara la medida cautelar. Sin embargo, el incidente de suspensión fue admitido y se fijó fecha para la audiencia incidental, en la que se resolverá sobre la suspensión definitiva.

La interposición del juicio de amparo ocurre en un contexto de inconformidad social en Tasquillo. Habitantes del municipio han realizado protestas en contra de la posible construcción del Cereso, al advertir riesgos en materia de seguridad, impactos ambientales y afectaciones al tejido social, además de denunciar la falta de información y de consulta por parte de las autoridades estatales.

sjl