TRABAJO

¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en 2026? Pago triple para quienes laboren

La Ley Federal del Trabajo establece 7 días de descanso obligatorio para los trabajadores hidalguenses

Aprovecha estos espacios para el descanso, convivencia familiar, actualizar pendientes o visitar algunos sitios turísticos de Hidalgo
2026 ofrece a las y los trabajadores mexicanos siete jornadas de descanso obligatorio.Aprovecha estos espacios para el descanso, convivencia familiar, actualizar pendientes o visitar algunos sitios turísticos de HidalgoCréditos: La Silla Rota Hidalgo Ilustrativa
Escrito en HIDALGO el

Pachuca.- El calendario laboral del año 2026 ya está definido y, conforme lo marca la Ley Federal del Trabajo (LFT), en el Artículo 74 las y los trabajadores en México tendrán 7 días de descanso obligatorio. Estas fechas representan momentos clave de la vida nacional, desde celebraciones históricas hasta procesos democráticos, y garantizan el derecho a suspender labores.

Las fechas marcadas en el calendario son de cumplimiento obligatorio para el sector público y privado, y en caso de que los trabajadores deban laborar, la ley establece que deberán recibir pago doble adicional a su salario ordinario. Esto aplica también para el estado de Hidalgo.

Para la población trabajadora hidalguense, estos días representan oportunidades de descanso, o convivencia familiar. En sectores como comercio, turismo y servicios, los días feriados también implican ajustes operativos. Muchos negocios optan por abrir, lo que obliga a cumplir con el pago doble a sus empleados.

En este 2026 destaca la coincidencia de fechas en días jueves, lo que favorece la creación de “puentes” laborales y fines de semana largos.

Estos son los días de descanso en 2026 Foto. Archivo

Fechas oficiales de descanso obligatorio en 2026

  • 1 de enero (jueves): Año Nuevo.
  • 5 de febrero (jueves): Conmemoración de la Constitución de 1917.  El descanso se trasladará al lunes 2
  • 21 de marzo (sábado): Natalicio de Benito Juárez. Se traslada al 16 de marzo
  • 1 de mayo (viernes): Día del Trabajo
  • 16 de septiembre (miércoles): Aniversario de la Independencia de México.
  • 20 de noviembre (viernes): Aniversario de la Revolución Mexicana. Se traslada al 16 de noviembre.
  • 25 de diciembre (viernes): Navidad.

Existen otros días de descanso, como la Semana Santa o Día de Muertos, pero que no son contemplados por la Ley Federal del Trabajo, debido a que estos periodos tienen un origen religioso.

Atención

Si eres trabajador en Hidalgo y tienes alguna duda puedes comunicarte de manera gratuita a la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al teléfono 771 713 6788, solicitar una asesoría virtual en https://s-trabajo.hidalgo.gob.mx/citas/ o acudir de manera presencial a las oficinas ubicadas en la carretera Pachuca-Cd. Sahagún número 1955, Parque Industrial Canacintra, Mineral de la Reforma, de lunes a viernes en un horario de 9:00 de la mañana a 5:00 de la tarde.

También puedes acudir al Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo, a través de la plataforma digital https://ccleh.gob.mx/citas, los teléfonos 771 688 5620, 771 600 6019 y 771 688 5606 o acudir a avenida Benito Juárez número 394, Ex Hacienda La Concepción, en San Agustín Tlaxiaca.

jgp