JUNTA DE GOBIERNO

Morena prepara reforma para no compartir la presidencia del Congreso de Hidalgo

En la actual legislatura, las bancadas de Morena, PAN y PT se han rotado la Junta de Gobierno del Congreso local, pero con la reforma que impulsará Morena, la presidencia volverá a recaer en un sólo partido político

Marco Antonio Rico fue cuestionado sobre si loa reforma es un retroceso democrático para Hidalgo.Créditos: Verónica Angeles
Escrito en HIDALGO el

Pachuca.— Morena impulsará una reforma a la Ley Orgánica del Poder Legislativo a efecto de regresar la coordinación de la Junta de Gobierno al partido que tenga la mayoría en el Congreso de Hidalgo, de tal forma que ya no sea rotativa durante los tres años que dura la legislatura, así lo anunció Marco Antonio Rico Mercado, dirigente estatal del partido guinda.

En conferencia de prensa, precisó que será parte de agenda legislativa de la LXV legislatura, misma que aún está en funciones; el objetivo es que los nuevos diputados cuenten con la posibilidad de tener la Junta de Gobierno durante los próximos tres años.

Se le cuestionó si ese movimiento no significa un retroceso para un partido que dice ser democrático y progresista, a lo que Marco Antonio Rico sostuvo que fue la ciudadanía la que les dio la mayoría en las urnas, aunado a que una fracción legislativa con apenas tres diputados - que sería en caso del Partido del Trabajo - en la siguiente legislatura no debería tener la coordinación de la Junta de Gobierno en la cámara de diputados local.

“Dará certeza a la ciudadanía que votó por la mayoría en el Congreso, además con el objetivo de no limitar o detener la agenda legislativa”. 

Crédito: Verónica Angeles

Marco Antonio Rico descartó que el regresar la coordinación de la Junta de Gobierno al partido que posea la mayoría en el Congreso Local sea por la cuestión económica, es decir, por el manejo de recursos, más bien -dijo- es para dar acompañamiento a la agenda gubernamental, la agenda programática de partido y la propia agenda de los diputados y diputadas, sin tener que estar a expensas de otras fuerzas políticas.

“Y precisamente queremos tener la Junta de Gobierno para dar continuidad y podremos sacar todas las cosas”, expresó.

Concentrar el poder como en la época del PRI

Cabe recordar que hace seis años, después de la elección local en la que Morena obtuvo la mayoría en el Congreso Local por primera vez, el PRI que aún tenía mayoría modificó la Ley Orgánica para que la coordinación de la Junta de Gobierno fue rotativa entre los primeros tres grupos parlamentarios con mayor número de integrantes, ahora que Morena tendrá mayoría calificada en el Legislativo, nuevamente modificarán la ley para que pase a un solo partido: el de mayoría.

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De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Legislativo en su artículo 96, la conducción de los trabajos legislativos, se ejercerá a través de un Órgano Colegiado denominado Junta de Gobierno.

La Junta de Gobierno, tendrá las siguientes atribuciones:

  1. Conducir los Trabajos Legislativos del Congreso;
  2. Proponer los esquemas para la vinculación política con los ámbitos de Gobierno Federal, Estatal y Municipal y en su caso, con los Organismos Internacionales similares;
  3. Coadyuvar en el desarrollo de los Trabajos del Congreso, así como elaborar propuestas para el mejoramiento del mismo;
  4. Impulsar la conformación de Acuerdos relacionados con el contenido de los asuntos que requieran de su votación en el Pleno, a fin de agilizar el trabajo Legislativo;
  5. Proponer al Pleno del Congreso, la integración de las Comisiones Permanentes y Especiales, así como de Comités que se acuerden;
  6. Formular la Agenda Legislativa que regirá los trabajos en cada período de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias, así como de la Diputación Permanente; y
  7. Proponer al Pleno la convocatoria que contendrá el procedimiento para nombrar al Fiscal Especializado en Delitos de Corrupción, atendiendo a la dispuesto en los apartados A y C del artículo 92 Constitución Política del Estado de Hidalgo; 
  8. Proponer al Pleno la convocatoria que contendrá el procedimiento para constituir la Comisión de Selección, a que hace referencia la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción; 
  9. Proponer el Acuerdo por el cual se pueden realizar Sesiones Virtuales en los casos establecidos en el Artículo  12 BIS de esta ley;
  10. Las demás que le encomiende el Pleno del Congreso, la presente Ley, su Reglamento y demás ordenamientos legales. 

ARTÍCULO 101.- Atribuciones del presidente de la Junta de Gobierno

  • Mantener la comunicación entre el Poder Legislativo y los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado;
  • Conducir las relaciones con los ámbitos de Gobierno Federal, Estatal y Municipal;
  • Representar al Congreso del Estado, en actos convocados por cualquiera de los ámbitos de Gobierno Federal, Estatal y Municipal;
  • Coordinar el funcionamiento interno de la Junta de Gobierno;
  • Convocar a Sesiones Presenciales o Virtuales de la Junta de Gobierno;
  • Ejecutar los Acuerdos de la Junta de Gobierno; proveyendo lo necesario para su debido cumplimiento;
  • Presidir la Comisión Inspectora de la Auditoria Superior; 27 Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo. Instituto de Estudios Legislativos.
  • Presentar a la Junta de Gobierno el Proyecto de Presupuesto Anual de Egresos del Poder Legislativo, para su Acuerdo;
  • Proponer al Pleno del Congreso, previo Acuerdo de la Junta de Gobierno, a las personas que habrán de ocupar los cargos de Auditor Superior del Estado y del Secretario de Servicios Legislativos;
  • Dirigir y supervisar la organización y funcionamiento administrativo del Congreso;
  • Proponer a la Junta de Gobierno, la creación de las unidades administrativas, que sean necesarias;
  • Expedir los nombramientos de los Servidores Públicos de las Áreas Administrativas del Poder Legislativo, con excepción de los mencionados en la fracción
  • del presente Artículo;
  • Nombrar y remover al personal del Congreso en los casos que no sea competencia del Pleno, así como resolver sobre las solicitudes de renuncias o licencias de los mismos; 
  • Suscribir las Operaciones Financieras, Convenios y demás actos jurídicos que conforme a la naturaleza del Poder Legislativo sean procedentes, previo Acuerdo de la Junta de Gobierno;
  • Informar anualmente al Pleno, de las actividades de la Junta de Gobierno;
  • Proponer al Pleno del Congreso, los Reglamentos que habrán de regular su conducción, previo Acuerdo de la Junta de Gobierno.

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