PACHUCA.- El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) emitió su resolución respecto a la queja presentada contra el candidato a la presidencia municipal de Pachuca, Jorge Alberto Reyes Hernández. Los señalamientos fueron hechos por Tonatiuh Herrera Gutiérrez, quien también pretendía la candidatura por el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y denunció presuntos actos de propaganda personal con recursos y programas gubernamentales.
Durante la sesión de este miércoles, presidida por el magistrado Leodegario Hernández Cortez, se determinó que los actos acusados en el expediente TEEH-PES-008/2024 donde señalan a Reyes Hernández por haber incurrido en conductas que transgreden el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución Política, son inexistentes.
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Detallaron, dichos actos son con relación a hacer supuesto uso de propaganda gubernamental personalizada durante el cargo que ostentaba Jorge Reyes en la Secretaría de Infraestructura Pública y Desarrollo Urbano Sostenible (SIPDUS) del gobierno de Hidalgo. Además, se le señalaba de supuestamente difundir mensajes sobre acciones gubernamentales a través de la red social WhatsApp, al mismo tiempo que manifestaba sus intenciones políticas. En su defensa, el acusado argumentó que los hechos ocurrieron previo a presentar su registro como precandidato o candidato en el proceso electoral ordinario correspondiente al periodo 2023-2024.
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Tras el análisis correspondiente, los magistrados concluyeron que dichos actos no existieron, ya que las publicaciones cuestionadas estaban relacionadas con su encargo oficial y no hacían referencia a sus intenciones políticas dentro de Morena.
“Se trata de acciones relativas que el denunciado tenía encomendadas. En ninguna de las acciones se desprende que el denunciado haya utilizado el foro en el que se encontraba para difundir mensajes sobre su pretensión a ocupar un cargo de elección popular, la intención de obtener el voto de favorecer o perjudicar a un partido político o candidato, inclusive en ningún momento de alusión al proceso electoral”, resolvieron.
Otras resoluciones del TEEH
Con respecto al expediente TEEH-PES-005/2024, donde dos ciudadanas pertenecientes al Ayuntamiento de Yahualica, Hidalgo, denuncian presuntas acciones que podrían constituir Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, cometidas por el presidente municipal del referido ayuntamiento; el TEEH determinó la inexistencia de violencia política contra las mujeres en razón de género.
En el expediente TEEH-JDC-102/2024, donde una organización ciudadana señala posibles infracciones cometidas por el Instituto Estatal Electoral respecto, en detrimento de sus derechos- político-electorales en la vertiente del derecho de asociación, por lo que este tribunal consideró fundados pero inoperantes los agravios formulados contra el acuerdo IEEH/CG/042/2024 del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.
jgp