Pachuca.— Por considerar que cumplió con los requisitos establecidos para convertirse en un instituto político estatal, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) rechazó la apelación presentada por el Partido Nueva Alianza Hidalgo (PNAH), en contra del otorgamiento del registro al Partido de la Revolución Democrática Hidalgo, por parte del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) y confirmó el acuerdo del órgano electoral.
En sus argumentos, Nueva Alianza señalaba que el PRD no obtuvo el tres por ciento de la votación total emitida y que no había participado en las elecciones necesarias para obtener el registro; sin embargo, las magistraturas del TEEH consideraron que no eran válidas sus apreciaciones, toda vez que el PRD aún con registro nacional, participó en la elección de diputaciones locales en los 18 distritos electorales del estado, en la candidatura común Fuerza y Corazón por Hidalgo con los partidos Acción Nacional (PAN) y Partido Revolucionario Institucional (PRI) y en los ayuntamientos bajo la misma candidatura común en 49 municipios del estado y en lo individual como partido político en 18 municipios.
Te podría interesar
De ahí que propuso declarar infundados los agravios señalados por Nueva Alianza, aunado a que el artículo 95 de la Ley General de Partidos Políticos establece que si un partido político nacional pierde su registro por no haber alcanzado el porcentaje mínimo de votación en el último proceso electoral ordinario federal, podrá optar por el registro como partido político local y las entidades federativas, en cuya elección inmediata anterior hubiera obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida y hubiere postulado candidatos propios en al menos la mitad de los municipios y distritos.
La magistrada expuso que la Sala Superior y las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación señalan que se deben computar como propias las postulaciones realizadas por un partido en coalición o candidatura común.
Además, que la interpretación de los lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral (INE), de modo que el derecho de asociación política debe apreciarse mediante su participación en conjunto, ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 95, apartado quinto, de la Ley General de Partidos Políticos.
En consecuencia, se declaran infundados los agravios hechos valer por el partido actor y se confirma el acto impugnado en lo que fue materia de impugnación.
Cabe recordar que el PRD Hidalgo fue considerado partido político local a partir del 1 de noviembre y recibirá prerrogativas a partir del 1 de enero de 2025, dichas prerrogativas serán obtenidas de la misma bolsa que se le entrega actualmente a Nueva Alianza.
Para 2025, se prevé que Nueva Alianza reciba 33 millones de pesos, una disminución en relación a los 55 millones que le entregaron este 2024, y para el PRD la bolsa es de 12 millones de pesos.
sjl