Pachuca.— Luego de haberlo considerado prófugo de la justicia e incluso haber promovido una alerta migratoria en su contra, finalmente, la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo, a través del equipo encargado del maxiproceso Estafa Siniestra, logró presentar ante un juez de Control, al presidente municipal destituido de Atitalaquia, Lorenzo Agustín N.
El alcalde destituido es señalado de los delitos de peculado agravado y uso ilícito de atribuciones y facultades en agravio de la administración pública. De acuerdo con información extraoficial se sabe que el alcalde recibió cerca de 28 millones de pesos como recursos extraordinarios, mismos que desvió con la ayuda de empresas fachada y que dijo utilizaría para la compra de material para evitar la propagación de covid-19. Dichos recursos fueron observados por la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo.
El exalcalde se presentó para que el agente del Ministerio Público le formulara la imputación, es decir, se le informó el motivo por el que se inició una investigación en su contra. La audiencia se programó para las 14:30 horas de la tarde de este 18 de enero de 2024, ante el juez de Control, David Adrián Martínez Santiago.
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Al inicio de la audiencia, el agente del Ministerio Público solicitó que se llevará a cabo de manera privada, pues de lo contrario se pone en riesgo el sigilo de la información y por ende la investigación.
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El agente del Ministerio Público señaló al juez que en su intervención revelaría datos sensibles tales como números de cuenta, números clave, número de contratos, así como el nombre de personas morales que en caso de hacerse públicos podrían poner en riesgo la investigación y la información ya que podría ser modificada o destruida, lo cual resultaría lamentable para el esclarecimiento de los hechos aunado a que siguen recabando datos para la investigación.
La defensa a cargo de Adrián Vargas cuestionó al Ministerio Público qué significaba modificar o destruir a lo que el otro respondió alterar o desaparecer la información, acto seguido, la defensa dijo no tener oposición y la audiencia fue declarada privada por parte del juez de Control, quien coincidió en que de difundirse o publicarse la información sensible implica un riesgo para la investigación Estafa Siniestra.
El agente del Ministerio Público fundamentó su petición en los artículos 14, 16, 20 de la Constitución en donde se establece una excepción a la publicidad, así como en los artículos 64 fracción sexta y cuarta del Código Nacional de Procedimientos Penales.
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