TRANSPARENCIA

Sistema Anticorrupción se declara incompetente por información, ITAIH pide revisar procedimiento

La persona inconforme promovió un recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia

El sujeto obligado declaró la inexistencia de la información.Créditos: Lorena Rosas
Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- A través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), un usuario solicitó al Poder Ejecutivo de Hidalgo las actas de sesiones que celebró el Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Estatal Anticorrupción de Hidalgo (SEAH) durante el año 2022; sin embargo, le negaron la información por incompetencia.

La solicitud de información ocurrió días previos al 31 de marzo de 2023, fecha en la que el Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del SEAH decidió disminuir de 28 mil pesos a mil pesos el pago de honorarios para los integrantes del CPC.

Imagen ilustrativa: web

En sesión ordinaria, el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo (ITAIH) expuso que el 27 de marzo de 2023 un ciudadano pidió las actas al Poder Ejecutivo, como se desprende del expediente 288/2023.

Sin embargo, este sujeto obligado declaró la inexistencia de la información, así como la incompetencia; inconforme con la resolución, el 24 de abril el usuario interpuso un recurso de revisión.

Tras la queja, el Sistema Estatal después modificó su respuesta y dijo que sí tenía los datos solicitados, pero estaban en un proceso de entrega-recepción y que se divulgaría cuando concluyera el procedimiento.

Debido a que el caso llegó al ITAIH, este organismo autónomo por mayoría de votos resolvió que el organismo debía cambiar su postura, al señalar que para entregar las actas sí era incompetente, pero que no realizó el procedimiento adecuado, ya que debía notificar la respuesta en tres días.

Imagen ilustrativa: captura web

En consecuencia, le ordenó otorgar una nueva resolución que deberá consensuar en una sesión dentro de su Comité de Transparencia, fundando y motivando las razones de la incompetencia, esto en un plazo de 10 días hábiles.

La resolución fue votada por cuatro de los cinco integrantes del ITAIH, toda vez que el comisionado Raúl Kennedy Cabildo a través de un oficio evitó votar pronunciarse respecto al recurso de revisión.

 

cem