PACHUCA, HIDALGO. - El gobernador del estado de Hidalgo, Julio Menchaca Salazar, ejerció su facultad de veto a las reformas que realizaron diputados locales en materia de Presupuesto. La presidenta de la mesa directiva del Congreso local, Tania Valdés Cuéllar, informó que se recibió un escrito del mandatario, mediante el cual de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 51 y 71, fracción 31 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, ejerce su derecho de veto respecto del decreto número 483, que se adiciona un párrafo al artículo 60 de la Ley del Presupuesto y Contabilidad gubernamental del estado de Hidalgo.
La legisladora solicitó a la Secretaría que turnara el documento a la segunda Comisión de Hacienda y Presupuesto para que realice lo conducente.
La modificación planteaba que el Ejecutivo estatal Julio Menchaca no podría realizar deducciones al presupuesto en materia de atención de la igualdad entre mujeres y hombres, a la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres, niñas, niños, adolescentes y de cualquier forma de discriminación.
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Asimismo, se impedía reducir el presupuesto en materia de desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas, al desarrollo de los jóvenes y a los programas de ciencia, tecnología e innovación, en caso de hacerlo, se debía informar al Congreso del Estado.
El argumento, Julio Menchaca señala que la Constitución establece que es su facultad y obligación ejercer el presupuesto y administrar los recursos, de tal forma que se cumpla con los objetivos de los programas a cargo de las dependencias.
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El Ejecutivo expresa que "en el caso de las adecuaciones internas deberán ser autorizadas por las dependencias y entidades y cuando éstas representen una variación mayor al cinco por ciento del presupuesto del ramo del que se trate, deberán ser reportadas en los informes trimestrales".
La contradicción, refiere el documento, es que el artículo 53 es permisivo en la posibilidad de suspender, diferir o determinar reducciones en la ministración de recursos, en tanto el último párrafo del artículo 60 es prohibitivo en determinados temas, sin ponderar la situación imprevisible que se pudiera presentar en el estado.
Por lo cual, menciona que "es indispensable que la administración pública no se vea limitada o restringida en cuanto al presupuesto, por ello es necesario eliminar dicho párrafo".
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