PACHUCA.- Al considerar que es inconstitucional, violatorio de derechos humanos, garantías y libertades de los ciudadanos, María Adelaida Muñoz Jumilla, diputada local de Nueva Alianza Hidalgo, propuso la eliminación del delito de ultrajes a la autoridad, a través de una reforma que deroga el artículo 320 del Código Penal para el Estado de Hidalgo, que configura el ilícito de ultrajes a la autoridad en el ejercicio de sus funciones y establece sanciones punitivas de 3 meses a un año y de 5 a 25 días multa.
“El concepto de ultrajes a la autoridad hace referencia a agraviar o maltratar. Quien ultraja a alguien o algo, lo injuria o lo denigra; aunque el término tiene diferentes alcances, lo habitual es que se asocie a mancillar el honor; es cometido en contra de las personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en los entes públicos, en el ámbito estatal y municipal”, explicó.
Los servidores públicos, dijo, son definidos como aquellos que desempeñan un empleo, cargo o comisión en los entes públicos, en el ámbito estatal y municipal, conforme a lo dispuesto en el artículo 149, de la Constitución Política de Hidalgo.
Te podría interesar
En ese sentido, contrastó que el Código Penal no habla de servidores públicos sino de “agentes de autoridad”; por ello, agregó la legisladora, en esta parte se da una violación al principio de taxatividad ya que el texto describe con suficiente precisión, al “funcionario público”, entendiéndose como un sujeto con una mayor responsabilidad administrativa que un servidor público.
lugares donde ya no existe delito de ultrajes a la autoridad
Muñoz Jumilla dijo que son 17 estados del país que ya han eliminaron de sus códigos penales el delito de ultrajes a la autoridad: Aguascalientes, Campeche, Ciudad de México, Coahuila, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Yucatán, Veracruz y Puebla.
Te podría interesar
“Las diferentes características, elementos y cercanía del tipo penal de ultrajes a la autoridad con los límites a derechos tan importantes para un Estado democrático como la libertad de expresión y manifestación, han ocasionado amplios debates referentes a su apertura y ambigüedad, ya que se ha prestado a la arbitrariedad en cuanto a su aplicación”, expresó.
Es por ello que organismos autónomos como la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se han pronunciado en diversas ocasiones referente a la eliminación de este tipo penal, tal fue el caso del Amparo Directo en Revisión 2255/20151. La iniciativa fue turnada a la comisión de Seguridad y Justicia Ciudadana para su estudio, análisis y discusión.
sjl