PACHUCA.- Los contratos que se firmen con particulares o instituciones oficiales deberán ser aprobados en lo individual por el pleno del ayuntamiento de Epazoyucan, así lo determinaron integrantes del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH).
Verónica Jiménez Islas, en calidad de regidora del Ayuntamiento de Epazoyucan, interpuso un juicio para la protección de los derechos político electorales en su vertiente de votar y ser votado, específicamente en el ejercicio del cargo, bajo el argumento que al no enterar al cabildo de los convenios y contratos signados se les impedía ejercer sus facultades como integrantes.
La regidora de Epazoyucan señaló en su escrito que el alcalde Luis Antonio Montiel Castelán pretendía informar cada mes de los convenios y contratos celebrados con particulares o instituciones oficiales, pero consideró que eso iba en contra de su derecho como regidores.
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La magistrada presidenta, Rosa Amparo Martínez Lechuga, explicó que si bien conforme a la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, el alcalde puede ostentar la representación administrativa y en algunos casos jurídica del municipio y está facultado para signar los contratos que se celebren durante su administración, también es derecho de los demás integrantes de analizar y participar en los actos que realiza el ayuntamiento, además que los mismos deben ser desarrollados con apego a la ley.
Recordó que el ayuntamiento autorizó al presidente municipal para que firmara durante el periodo de 2022 a 2024 contratos y convenios con particulares e instituciones oficiales; sin embargo, aclaró que no puede ser generalizada, sino previa aprobación de los integrantes del cabildo.
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“Él como presidente debe estar facultado para suscribir contratos y convenios, el hecho que se celebren sin ser analizados y discutidos previamente por el ayuntamiento conduce a una restricción del ejercicio del cargo de las actoras, derivado de su función inherente de vigilancia y control que deben cumplir”, expuso la magistrada.
En consecuencia, cada contrato deberá ser autorizado en lo individual cuando se trate de contratos o convenios de interés público, a efecto de garantizar que todos los miembros del ayuntamiento tengan conocimiento del alcance y así puedan emitir un posicionamiento de manera informada respecto de aprobarlos o no.
Como medida de reparación integral, el pleno del Tribunal ordenó que en un plazo de cinco días hábiles se convoque a una sesión para modificar el acta de asamblea del 11 de enero de 2023 y se entregue copia certificada de los contratos celebrado entre 11 de enero al 23 de febrero de 2023, para que se vigile su cumplimiento por parte de las regidoras. No obstante, dejó claro que los contratos ya realizados quedarán vigentes.
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