PACHUCA.- Diputados locales, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), presentaron una reforma para establecer multas de 3 mil 112 hasta 5 mil 187 pesos a quien se apropie indebidamente de los espacios públicos o impidan el uso de la vía de comunicación, entorpeciendo el libre tránsito en calles Hidalgo, siempre que no exista permiso o causa justificada para ello.
Es el caso de las personas dedicadas a apartar lugares en la vía pública para el aparcamiento de vehículos, quienes llegan a cobran una cuota a los conductores; también, vendedores ambulantes que obstruyen las aceras peatonales, tal como se observa en calles de Pachuca.
De acuerdo con Julio Valera Pierdas, coordinador de los diputados tricolores, la iniciativa tiene como finalidad asegurar el uso y disfrute equitativo de los espacios públicos; para ello, se pretende reformar la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial de Hidalgo, en materia de apropiación indebida del espacio público.
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“Nuestra entidad, lamentablemente no considera la apropiación indebida del espacio público como una problemática, pese a la tendencia de su administración con fines económicos en perjuicio de las comunidades, como sí lo hacen otras entidades”, dijo.
El legislador dijo que los espacios públicos están preservados por las autoridades mediante sus leyes y reglamentos para la satisfacción de las necesidades sociales propias de la vida urbana, considerando al transporte, las actividades productivas y culturales.
“Puede mencionarse que los espacios públicos cumplen con tres funciones: social, y permite la interacción entre los habitantes de un lugar y generar un sentido de pertenencia, fortaleciendo las actividades colectivas y personales; cultural, pues puede normar las conductas de quienes pertenecen o no en una comunidad, identifica el sistema de valores de lo correcto y lo educado hacia los demás, y; política, espacio donde se expresa y manifiesta el sentir de la comunidad mediante la deliberación y la toma de decisiones”, dijo.
La propuesta de reforma busca adicionar los párrafos IX Bis y VIII BIS del Artículo 193 para quedar como sigue: “Impedir el uso de la vía, la libertad de tránsito o apropiarse de cualquier forma del espacio público, siempre que no exista permiso o causa justificada para ello, para estos efectos, se entenderá como causa justificada toda acción relacionada con la manifestación social, expresión cultural o artística pacífica”.
Por lo anterior, se les cobrará una multa de 30 a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quienes incurran en los supuestos del artículo IX Bis, independientemente de las responsabilidades civiles, penales o administrativas que resulten.
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