PACHUCA.- Diputados locales presentaron una iniciativa para castigar con cuatro años de cárcel y multas de 27 mil 659 pesos a quien acose sexualmente u hostigue con fines lascivos, a una persona a través de videograbaciones, audiograbaciones o tomando fotografías con un dron.
Esto a través de adicionar el agravante IV Bis al artículo 189 Bis del Código Penal de Hidalgo, a fin de sancionar este tipo de conductas que, en su mayoría, las víctimas son mujeres y que afecta su vida social y psicológica, impidiendo su pleno autodesarrollo como persona.
Así lo expresó Alejandro Enciso Arellano, diputado local del PRI, quien presentó esta iniciativa a nombre de su compañera de bancada Marcia Torres González, dijo que derivado de la normalización de las conductas, quienes ejercen acciones violentas en su contra, suelen replicarlas sin ser conscientes de las afectaciones en la vida de sus víctimas.
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“Las tecnologías de la información continúan generando vacíos legales al momento de imputar un delito. En este supuesto se encuentra el uso de los Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAS) que incluye el uso de los denominados drones”, explicó el legislador.
Pese a la existencia de la Ley de Aviación Civil en México y a la Norma Oficial Mexicana NOM-107-SCT3-2019, el legislador dijo que no se encuentra considerada una pena adicional cuando se demuestre su uso en un delito establecido en el Código Penal Federal ni en el Código Penal de Hidalgo.
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“Tampoco se identifica una pena adicional ni tampoco si su utilización tiene la finalidad de un delito sexual como el de hostigar o acosar. Por tal motivo, se identifica la necesidad de reformar el Código Penal para considerar como agravante el uso de los drones para cometer delitos de tipo sexual de hostigamiento u acoso”, expresó.
Actualmente, el artículo 189 Bis del Código Penal de Hidalgo, establece que, comete el delito de hostigamiento sexual el que, con fines lascivos, asedie a una persona, se le impondrá prisión de tres meses a dos años y multa de 40 a 80 días de salario mínimo.
Con la reforma planteada se agrega el párrafo IV Bis como una gravante en el que se duplicarían las anteriores penas: “Cuando el hostigador se valga de la utilización de algún Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia con el fin de videograbar, audiograbar o fotografiar a la víctima”.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia para su estudio, análisis, discusión y dictaminación.
sjl