PACHUCA.– Familiares y Amigos de Lorena Berenice así como colectivos feministas de Hidalgo organizan una movilización en los juzgados de Pachuca para exigir la pena máxima contra Diana N y Keven N, culpables del feminicidio de la joven de 21 años de edad, a quien desaparecieron al salir del bar Prime de Pachuca y cuyo cuerpo abandonaron en un paraje de la comunidad Huitzila, Tizayuca.
El caso de Lorena tiene antecedente en el último trimestre del año 2019, cuando ocurrieron los hechos, esa misma anualidad vincularon a proceso a Keven y Diana; sin embargo, fue hasta el 22 de diciembre de 2022 cuando un Tribunal de Enjuiciamiento del Poder Judicial del Estado de Hidalgo (PJEH) les dictó un fallo condenatorio. La demora en la resolución del juicio oral 23/2021 se debió a diversos juicios de amparo, diferimientos de audiencias y el desahogo de más de 40 testigos.
Sin embargo, los jueces Rafael Souverbille García, Noé Hernández Rivera y Rosa María López Aguilar no se han pronunciado sobre los años de prisión que la pareja de feminicidas compurgará en el Centro de Readaptación Social (Cereso) de Pachuca, donde permanecen recluidos -pero sin sentencia- desde el 17 de noviembre de 2019, cuando fueron aprehendidos y presentados para su audiencia inicial.
Te podría interesar
La sanción contra los feminicidas se dará a conocer el próximo 13 de enero a las 14:00 horas en la sala número dos de los Juzgados Penales de Control, Juicio Oral y Ejecución del Primer Circuito Judicial de Pachuca, mismo día, hora y lugar en la que se llevará a cabo la manifestación.
La pena contra Keven y Diana se fijará en una audiencia denominada: individualización de sanciones, en la que el Tribunal especificará los años de reclusión para la pareja, así como la reparación del año hacia las víctimas indirectas; al respecto, Abel Tinoco y Matilde Gaspariano, los padres de Lorena, exigen la pena máxima.
El Código Penal para el Estado de Hidalgo establece que comete el delito de feminicidio quien por razones de género prive de la vida a una mujer, la sanción va de los 25 a 50 años de prisión y contempla multa de 300 a 500 días.
Audiencia de individualización de sanciones
El artículo 410 del Código Nacional de Procedimiento Penales (CNPP) explica qué es la audiencia de individualización de sanciones y reparación del daño.
El numeral establece que el Tribunal de Enjuiciamiento debe tomar como referencia la gravedad de la conducta típica y antijurídica, así como el grado de culpabilidad del sentenciado.
La gravedad estará determinada por el valor del bien jurídico, la afectación, la naturaleza dolosa o culposa de la conducta, los medios empleados, las circunstancias de tiempo, modo, lugar u ocasión del hecho, así como por la forma de intervención del sentenciado.
Mientras que, para determinar el grado de culpabilidad, la autoridad judicial deberá tomar en cuenta los motivos que impulsaron la conducta del sentenciado, las condiciones fisiológicas y psicológicas específicas en que se encontraba en el momento de la comisión del hecho, la edad, el nivel educativo, las costumbres, las condiciones sociales y culturales, así como los vínculos de parentesco, amistad o relación que guarde con la víctima u ofendido.
sjl