DERECHOS HUMANOS

Municipios de Hidalgo hacen caso omiso, barandillas no mejoran

El Diagnóstico de Barandilla 2021 de la CDHEH detalló que en los espacios de retención municipales persisten las mismas condiciones detectadas el año anterior

Algunos espacios no tienen cámaras de videovigilancia.Créditos: Especial / collage
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PACHUCA.- El Informe Especial de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH) Barandilla 2021, no atendieron la recomendación general RG-001-21, derivado de las malas condiciones en las que se encontraban las áreas de retención municipal del estado.

De acuerdo con el documento, 40 barandillas fueron calificadas como malas, toda vez que carecen de mantenimiento e higiene, están sucias, no cuentan con respaldo de videos de vigilancia y sin claridad en los procesos de detención.

Asimismo, no tienen publicados los derechos de personas retenidas, falta de servicio de agua potable, no cuenta con iluminación ni ventilación; falta higiene en sanitarios, no existe señalización, se siguen ocupando espacios destinados a la retención como bodega, no cuenta con suficiente luz natural y la capacidad de los espacios son reducidos, no hay circuito cerrado.

Además, no hay separación de mujeres y hombres, no cuentan con libro de registros, entre otros aspectos.

En tanto, 25 barandillas fueron calificadas como espacios regulares, ya que no se atendió la observación de separación entre infractores e imputados, no cuentan con agua potable ni con iluminación, de igual manera, no hay consultorio médico.

Por otra parte, no tienen colchonetas, no se realiza aseo, mantenimiento y pintura, certificación médica tiene costo, cuentan con una o dos celdas, sin acceso a lavamanos, entre otras observaciones.

“Los comentarios plasmados por parte de las y los visitadores manifiestan que, de manera general, persisten las mismas condiciones en las barandillas municipal de la entidad, las que se sitúan de malas a regulares, no existiendo condiciones de mejora sustantivas y, en algunos casos, retrocesos, con base en las recomendaciones emitidas en la Recomendación General RG-001-21, emitida por la Comisión en febrero del año pasado” refiere el documento.

Respecto al municipio de Metztitlán, la CDHEH inició queja de oficio por posibles violaciones a derechos humanos, derivadas de la acción u omisión de la autoridad municipal, ya que no atendió la recomendación general en ningún punto.

Esto, debido a que no cuenta con una barandilla y las personas retenidas deben ser trasladas a la barandilla de San Agustín Metzquititlán, “violentando toda seguridad”, no cuenta con área de retención desde diciembre de 2020 y en ningún momento se puso a la vista ningún tipo de documentación.

Derivado de lo anterior, el organismo autónomo recomendó que todas las administraciones municipales deberán de generar planes específicos de infraestructura, equipamiento, mantenimiento, capacitación al personal adscrito a barandillas en temas de operación policial y derechos humanos.

Asimismo, deberán crear manuales de procedimientos para el manejo de estas áreas, manuales de contingencia, desarrollo y, en su caso, actualización de la normativa municipal – Bandos y Reglamentos – de policía y gobierno, lo que conlleva una planificación financiera de inversión específica para la atención de esta responsabilidad.

Además, con base en los estándares sobre las condiciones mínimas de retención de personas que establece el Sistema Interamericano de protección de derechos humanos y la legislación nacional vigente se recomienda a todas las administraciones municipales a que en las barandillas se cuente con espacios destinados a la retención de hombres y mujeres por separado.

También, cada espacio deberá tener la señalización pertinente y adecuada; deberán destinarse acciones específicas para que, en su caso, exista una separación física entre personas infractoras e imputadas; los espacios destinados para la retención deberán tener camas, planchas o un lugar para dormir.

Así como un lugar para realizar las necesidades fisiológicas básicas con taza de baño, lavamanos, agua potable y bajo las condiciones de privacidad mínima para la dignidad humana; que cuenten con iluminación suficiente en su interior y ventilación adecuada; con circuito cerrado de vigilancia y que funcione, resguardando la información en archivos digitales.

En caso de que la barandilla no cuente con circuito cerrado, generar acciones de vigilancia permanente y evidencia comprobable de ello; contar con el material necesario y suficiente de primeros auxilios médicos; entro otros aspectos.

El enlace municipal designado ante la comisión deberá dar seguimiento puntual tanto a las recomendaciones dirigidas a cada ayuntamiento con la finalidad de generar las acciones pertinentes de colaboración constante en materia de difusión de la cultura de respeto y protección de derechos humanos.

Por último, la CDHEH se dijo preocupada por las condiciones, en general, que guarda el Sistema de Retención Municipal o Barandillas en el estado, por lo que recomienda una colaboración interinstitucional, así como entre los poderes, con el objetivo de coadyuvar a la mejora del Sistema y, con ello, disminuir la posibilidad de violaciones a los derechos humanos de las personas retenidas en esas instalaciones.

sjl