Guanajuato: El SAT podría estar visitándote en tu casa

Las visitas casa por casa serán de selectivas, fundamentadas en un análisis de riesgo y orientadas a verificar la autenticidad de operaciones comerciales y comprobantes fiscales digitales; habrá que estar preparados

Créditos: Cocina Vital
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Guanajuato.- Desde enero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha empezado a tocar puertas de casas, pequeños comercios y empresas con el objetivo de realizar auditorías exprés, para lo cual estará acompañado de abogados y personal que puede documentar el procedimiento con cámaras especiales.

Por lo anterior, en cualquier momento puede llegar a los inmuebles de los guanajuatenses personal del SAT, por lo que habrá que estar preparados para enfrentar estas visitas exprés.

El SAT informa, a través de su página de Internet, que las visitas casa por casa serán de carácter selectivo, fundamentadas en un análisis de riesgo y orientadas específicamente a verificar la autenticidad de las operaciones comerciales y de los comprobantes fiscales digitales.

Es decir, verificarán que los ingresos declarados, las ventas reportadas y las prestaciones de servicios registradas correspondan con operaciones reales, efectivamente realizadas y debidamente documentadas.

De esta forma, el organismo público podrá documentar con grabaciones de audio y video el desarrollo de las auditorías que realice, para dejar una constancia detallada de cada etapa, desde las entrevistas con contribuyentes o responsables administrativos hasta la revisión de documentación y la emisión de observaciones preliminares, para contar con evidencia objetiva que respalde los hallazgos y evite malentendidos.

Dichas grabaciones servirán como herramienta de protección tanto para la autoridad auditora como para los particulares, ya que podrán verificar que el procedimiento se llevó a cabo conforme a la normativa vigente, sin irregularidades ni abusos.

La selección no será arbitraria: el SAT aplicará criterios técnicos de riesgo fiscal establecidos en la legislación vigente, enfocándose principalmente en casos donde existan indicios de operaciones simuladas o el uso de facturas falsas que no amparen transacciones reales.

Los contribuyentes seleccionados serán aquellos con discrepancias evidentes entre sus declaraciones y la facturación emitida, así como quienes muestren inconsistencias detectadas por los sistemas de auditoría automatizada.

La autoridad tributaria puede dirigir sus inspecciones tanto a personas físicas como morales que presenten indicadores específicos de irregularidad fiscal.

En casos donde se detecten irregularidades graves, la autoridad tiene facultad para suspender temporalmente la capacidad de facturación electrónica del contribuyente, medida que busca frenar la emisión de comprobantes apócrifos mientras se resuelve la situación fiscal.

Para saber

Las inspecciones fiscales comprenden la verificación de la existencia física del contribuyente en su domicilio declarado, así como la revisión de la contabilidad, documentos que respalden las operaciones comerciales, mercancías y bienes vinculados a la actividad económica registrada.

Los contribuyentes que son objeto de estas visitas poseen garantías legales, como el derecho de exigir identificación oficial a los visitadores, solicitar la orden de visita debidamente fundamentada, recibir la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado y contar con representación legal durante la diligencia.

La autoridad fiscal está obligada a respetar las formalidades procedimentales y la inviolabilidad del domicilio, llevando a cabo las visitas únicamente cuando se cumplan los requisitos legales establecidos en el Código Fiscal de la Federación.

Además, los proveedores, clientes y demás empresas relacionadas con los comprobantes fiscales cuestionados tendrán un plazo de 30 días para deslindarse, para lo cual deberán localizar facturas, identificar fechas de venta o servicios prestados, realizar las correcciones fiscales necesarias en su contabilidad y en sus deducciones, cubrir recargos y actualizaciones correspondientes, y comprobar que las operaciones fueron reales, existentes y lícitas.

En caso de que el SAT detecte irregularidades, puede derivar en una invitación a aclarar hasta multas fuertes y créditos fiscales, dependiendo de la gravedad de lo encontrado.

Y si el SAT considera que hubo impuestos omitidos, puede: Determinar que debes ISR, IVA u otros impuestos, calcular actualizaciones y recargos, exigir el pago inmediato, lo cual puede derivar en un embargo, en caso de no pagar a no impugnarse.