PADRÓN DE TELEFONÍA

Tu celular bajo registro: el Gobierno pedirá CURP o cortará la línea en 2026

El registro al Padrón de Telefonía ya es oficial y se realizará a partir del 9 de enero de 2026 hay que inscribirse para evitar suspensión de la línea

Para realizar el registro al Padrón de Telefonía se necesitará el CURP.
Para realizar el registro al Padrón de Telefonía se necesitará el CURP.Créditos: Especial
Escrito en GUANAJUATO el

Guanajuato.- Quienes tengan teléfono celular en Guanajuato y en México deberá registrarlo al Padrón de Telefonía vinculándolo con la Clave Única de Registro de Población (CURP) pues de no hacerlo será suspendida, esto de acuerdo a los nuevos lineamientos implementados por las autoridades federales para combatir delitos como la extorsión, secuestro, trata y actividades criminales.

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El pasado 8 de diciembre de este año fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto oficial sobre los nuevos lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles en donde está establecido que cada línea de teléfono deberá estar vinculada a un usuario (ya sea una persona o una empresa).

Por lo anterior, a partir del 9 de enero del 2026 los teléfonos celulares se deberán empezar a asociar a una persona física o moral y para realizar el trámite ante el Padrón de Telefonía se necesita la CURP.

De acuerdo con autoridades federales, la finalidad de esta medida es para combatir delitos como la extorsión, secuestro, trata y actividades criminales y por lo que la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó los nuevos lineamientos para identificar líneas telefónicas móviles en México y así se eliminará el anonimato que permite usar este servicio para cometer ilícitos.

¿Qué pasa si no se vincula la línea telefónica con la CURP?

Será desde el 9 de enero de 2026 que todas las líneas de teléfonos celulares deberán quedar vinculadas a una persona o a una empresa lo que significa que desaparecerán las tarjetas SIM anónimas y las llamadas “líneas rápidas” adquiridas sin registro previo.

De acuerdo a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones los lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles, publicados en el Diario Oficial de la Federación, al pasar 120 días hábiles posteriores al plazo previsto en el primer párrafo del artículo tercero transitorio de los presentes lineamientos, los proveedores del servicio de telefonía móvil deberán deshabilitar el servicio de toda línea telefónica móvil que no se encuentre vinculada a un titular, conforme a lo previsto en el artículo trigésimo transitorio de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Antes del plazo que se ha establecido en el mencionado párrafo, los proveedores del servicio de telefonía móvil deberán enviar una notificación por SMS y otros medios, a todas sus líneas telefónicas móviles que estén habilitadas y no hayan sido vinculadas a un titular, al menos una vez por semana, mientras no se realice su vinculación.

En caso de que no se haya vinculado la línea a la CURP y el plazo para realizar el trámite se termine, la línea será deshabilitada, aunque se podrán recibir mensajes de emergencia, hacer llamadas de emergencia como el 911 o 088 y llamar al proveedor del servicio.

Las líneas de telefonía móvil a las que se les haya suspendido el servicio podrán ser habilitadas de nuevo por los titulares en el momento en que realicen el proceso de vinculación al Padrón de Telefonía.

El límite para realizar la vinculación es hasta el 29 de junio de 2026 pues a partir del 30 de junio de 2026, las líneas que no estén vinculadas serán suspendidas hasta que los titulares realicen la vinculación.

¿Cómo se da de alta la línea telefónica en el Padrón de Telefonía?

Para dar de alta la línea telefónica ante el Padrón de Telefonía los proveedores del servicio telefónico están obligados a ofrecer dos formas para realizar el trámite: presencial y remota (en línea).

Registro presencial

Para realizar el registro de la línea telefónica ante el Padrón de Telefonía de manera presencial

  • Presentarte en un centro de atención a clientes del proveedor del servicio de telefonía con Identificación Oficial vigente.
  • Se proporcionará nombre completo como aparece en la identificación, además de presentar documentos vigentes:
  • Credencial para votar (INE).
  • Pasaporte.
  • Documento Nacional de Identificación (CURP biométrica).
  • En el caso de usuarios extranjeros, deberán presentar pasaporte vigente y CURP temporal para extranjeros.
  • El proveedor mostrará el Aviso de Privacidad legalmente requerido.
  • Luego consultará fuentes confiables de autoridades competentes para validar la identidad y la CURP en el Registro Nacional de Población (Renapo).
  • Se generará un folio de registro con fecha y hora, y los servicios contratados de la línea quedarán habilitados.

Registro en línea

El proceso digital se hará a través de la Plataforma de Gestión de Líneas Telefónicas Móviles del proveedor del servicio.

  • Al tener tu SIM, el proveedor del servicio deberá enviar un SMS y/o correo, mensaje instantáneo, o notificación de aplicación o portal web, con un enlace específico para iniciar la vinculación.
  • El enlace deberá ser como este:
  • https://www.(NombreOperador).com/vinculatulinea.
  • Hay que acceder al enlace donde se mostrará el Aviso de Privacidad y los términos y condiciones.
  • Posteriormente se captura la Identificación Oficial vigente.
  • Será solicitada una prueba de vida, o sea será tomarse una selfie para autentificación, y validar la identificación oficial proporcionada.
  • Luego, la plataforma del proveedor del servicio validará la CURP.
  • Después se generará un folio y se podrán usar los servicios de telefonía del proveedor del servicio.

En el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación está establecido que solamente se tendrán tres intentos para realizar la vinculación, en caso de fallar en las tres veces, se tendrá que contactar al proveedor del servicio para iniciar un nuevo proceso.

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¿Cómo se registrarán las empresas al Padrón de telefonía?

Los entes públicos y personas morales o empresas tendrán que hacer obligatoriamente la vinculación de manera presencial por lo que deberán llevar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC).