Guanajuato.- Cada fin de año, en la época decembrina, millones de trabajadores en Guanajuato y en México recibirán una de las prestaciones de ley más esperadas, el aguinaldo y ¿cuándo se recibirá y qué cantidad será?
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En la Ley Federal del Trabajo (LFT) se encuentra indicado el aguinaldo como una de las prestaciones a que tienen derecho los trabajadores en Guanajuato y en México y hay quienes tienen dudas sobre cuándo lo entregan las empresas y de cómo se calcula y los factores que se toman en cuenta para la cantidad que recibirá cada trabajador.
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Además del salario diario, la cantidad que se entrega de aguinaldo también se toma en cuenta el tiempo que el trabajador haya laborado en la empresa durante el año.
El tomar en cuenta cómo es que se obtiene la cifra de la cantidad que se recibirá de aguinaldo permite tener claro al momento de verificar el pago y evitar confusiones al recibirlo.
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En la Ley federal del Trabajo en el Artículo 87 se indica la prestación a que tiene derecho el trabajador.
Artículo 87.- “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
“Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”.
¿Cómo calcular lo que se recibirá de aguinaldo?
La cantidad que se recibirá de aguinaldo corresponde a 15 días de salario, si se ha laborado el año completo, esta es la cantidad mínima legal y podría ser más alta en caso de que lo establezca el contrato individual o colectivo de trabajo de trabajadores de la empresa.
Para calcular lo que se recibirá de aguinaldo se debe hacer lo siguiente:
- Hay que dividir el salario mensual entre 30 (los treinta días del mes).
- Multiplicar el resultado de la división (que es un día de salario) por 15.
- El resultado final es a cantidad mínima que se recibirá de aguinaldo.
En caso de que el trabajador haya laborado en la empresa por menos de un año, el aguinaldo será proporcional a los meses que ha trabajado.
- Ejemplo: Si se trabajó 6 meses completos hay que calcular así:
- Se divide el salario mensual entre 30 -los treinta días del mes-.
- El resultado (que es un día de trabajo) se multiplica por 15.
- En seguida se divide lo que resulte entre 2 y como el trabajador laboró medio año le corresponde la mitad de los 15 días mínimos establecidos por ley.
- Ese es el monto mínimo que deberá recibir de aguinaldo el trabajador por laborar medio año.
¿Cuánto toca de aguinaldo si se gana el salario mínimo?
En caso de que el trabajador gane el salario mínimo, así se puede sacar el pago de esta prestación:
- En la Zona del Salario Mínimo General que incluye la Ciudad de México y la mayor parte del país el trabajador gana: $278.80 pesos diarios.
- En la Zona Libre de la Frontera Norte, que es en los municipios fronterizos con Estados Unidos el trabajador gana: $419.88 pesos diarios.
Para calcular lo que se pagará de aguinaldo mínimo:
- Zona General: 278.80 × 15 = $4,182.00 pesos.
- Zona Frontera Norte: 419.88 × 15 = $6,298.20 pesos
En caso de haber trabajado menos del año la Ley Federal del Trabajo garantiza un aguinaldo proporcional al tiempo laborado:
En este caso, para determinar la cantidad de aguinaldo, hay que hacer lo siguiente:
- (Días trabajados ÷ 365) × 15 días × salario diario.
Ejemplo: un trabajador con salario mínimo ($278.80) que laboró 182 días (6 meses), deberá calcular así su aguinaldo proporcional:
- (182 ÷ 365) × 15 × 278.80 ˜ $2,086 pesos
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Fecha de entrega de aguinaldo
Las empresas deberán pagar el aguinaldo en una sola exhibición antes del 20 de diciembre y puede entregarse en efectivo o por transferencia.
En caso de que no se pague o se entrega menos de lo que indica la Ley, puede reclamar el trabajador ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), Juntas o Tribunales Laborales y el plazo para reclamar es hasta 1 año después del 20 de diciembre.
CM
